El RD 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo; expone en su artículo 2 que se entenderán por agentes biológicos los microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.

Los virus son microorganismos acelulares compuestos por proteínas y un único tipo de ácido nucleico, ARN o ADN, nunca ambos de forma simultánea, que se encuentra encerrado por una cubierta proteica denominada cápside. Estos agentes infecciosos son de muy pequeño tamaño, más pequeños que las bacterias, y la partícula vírica morfológicamente completa se llama virión.

Se pueden clasificar en función del tipo de ácido nucleico, por la clasificación de Baltimore, y en función de su morfología (icosaédricos, helicoidales, con envoltura y complejos). Son parásitos obligados, ya que dependen de la célula parasitada para poder reproducirse.

Los daños causados por los virus pueden ser muy variados, desde indetectables a severos, incluso fatales. También pueden ser teratogénicos como la rubéola y el herpes simple; o dar lugar a la formación de un tumor. Algunas de las enfermedades comunes causadas por virus son: síndrome respiratorio agudo grave (SARS), rabia, sarampión, poliomielitis, herpes, sida y hepatitis.

Podemos encontrar exposición laboral en actividades de asistencia sanitaria, en trabajos en instalaciones depuradoras de aguas residuales, en las actividades donde existe contacto con animales o productos de origen animal, en trabajos agrícolas y en actividades relacionadas con la producción de alimentos.

Imagen de unos virus.