La Secretaría de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como órgano de apoyo y asistencia técnica, científica y administrativa recae en la Dirección del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.


Para el desempeño de las funciones propias de la Secretaría, la Dirección del INSST cuenta con una unidad de apoyo, que actúa como Secretariado Permanente, y cuyo jefe está en dependencia directa de la Dirección del INSST, actuando por mandato suyo.

Las actividades del Secretariado Permanente de la CNSST se desarrollan desde su sede en el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, calle Torrelaguna, nº 73 de Madrid. Estas actividades son las siguientes:

  • La Secretaría es la destinataria única de los actos de comunicación con los Vocales y, por tanto, a ella deberán dirigirse todas las notificaciones, acuses de recibo, excusas de asistencia, solicitudes de datos, rectificaciones o cualesquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento la Comisión Nacional.
  • La utilización de los datos personales de los miembros de la Comisión Nacional estará sujeta a lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos.
  • En la página web de la Comisión se publicarán los acuerdos del Pleno, la información pertinente sobre la propia Comisión Nacional, la memoria y los proyectos de norma sobre los que haya dictaminado.
  • Asimismo, la Secretaría preparará y, en su caso, realizará la tramitación de cuantas decisiones u otros actos competen a la Comisión Nacional, siendo la depositaria de los archivos de la misma.
  • Con carácter general, la documentación generada por la Comisión se mantendrá por tiempo indefinido y preferiblemente en soporte electrónico. Si la Secretaría de la Comisión Nacional considera necesario reducir el tamaño de sus archivos, podrá solicitar a la Comisión Permanente la destrucción de documentos procedentes de los grupos de trabajo, una vez transcurrido un plazo mínimo de cinco años.
  • La Secretaría administrará los fondos puestos, en su caso, a disposición de la Comisión Nacional para su funcionamiento, dando cuenta al Pleno tanto de la cuantía como de la distribución de los mismos.
  • Para el desempeño de las funciones como Secretaría de la Comisión Nacional, la Dirección del INSST contará con los medios humanos y materiales de este Organismo y en particular con una unidad de apoyo que actuará como Secretariado Permanente, cuyo responsable estará en dependencia directa del propio titular de la Dirección y actuará por mandato suyo.