Seguridad en el trabajo

La seguridad en el trabajo es una Imagen Seguridad en el Trabajo disciplina técnica que engloba el conjunto de técnicas y procedimientos que tienen por objeto eliminar o disminuir el riesgo de que se produzcan los accidentes de trabajo. Por ello, en este apartado se recogen todos aquellos factores de riesgo relacionados con la seguridad en el trabajo que pueden ocasionar daños a los trabajadores en forma de accidentes de trabajo.

Los riesgos específicos y los agentes materiales más representativos derivados de las condiciones de seguridad en el trabajo se han agrupado en subtemas en cada uno de los cuales se recopila información relevante sobre conceptos generales, principales factores de riesgo, medidas preventivas, procedimientos de trabajo, entre otros.

 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de seguridad en el trabajo.

En función de la situación profesional, la definición podemos encontrarla en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en los siguientes artículos:

  • Artículo 156 LGSS. Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Se incluyen también las lesiones producidas en el trayecto habitual entre el centro de trabajo y el domicilio del trabajador (accidentes "in itinere").
  • Artículo 316 LGSS. Se entiende por accidente de trabajo del trabajador autónomo el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el régimen especial de autónomos. También se entenderá como accidente de trabajo el sufrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad económica o profesional. A estos efectos, se entenderá como lugar de la prestación el establecimiento en donde el trabajador autónomo ejerza habitualmente su actividad siempre que no coincida con su domicilio y se corresponda con el local, nave u oficina declarado como afecto a la actividad económica a efectos fiscales.
  • Artículo 317 LGSS. Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal del trabajador autónomo económicamente dependiente que sufra con ocasión o por consecuencia de la actividad profesional, considerándose también accidente de trabajo el que sufra el trabajador al ir o volver del lugar de la prestación de la actividad, o por causa o consecuencia de la misma.

Los términos de accidente blanco e incidente no están recogidos en ninguna disposición normativa. Se trata de conceptos de carácter preventivo que aluden a sucesos que, sin ocasionar lesiones a las personas trabajadoras, interrumpen la continuidad del trabajo pudiendo causar daños materiales o no. Desde un punto de vista preventivo, es necesario actuar sobre ellos, analizando e identificando las causas para evitar que vuelvan a producirse, ya que pueden dar lugar en un futuro a un accidente con lesiones a las personas trabajadoras.

Son numerosos los motivos por los que suceden los accidentes de trabajo. A modo de resumen podemos señalar:

  • Las causas que los motivan no suelen ocasionar molestias a los trabajadores por lo que no se prioriza su corrección.
  • Aun existiendo un motivo de accidente, no siempre ocurre. La materialización del riesgo responde a la concurrencia simultánea de varios factores de riesgo que, por suerte no siempre ocurre, lo que conlleva a una creencia de que “no va a pasar nada”.
  • La ausencia de planificación o procedimiento de trabajo.
  • Desconocimiento del riesgo por parte de los trabajadores. En ocasiones puede deberse a una formación en prevención de riesgos laborales inexistente o insuficiente y/o a la temporalidad e inexperiencia en el trabajo.
  • Exceso de confianza durante el desempeño de las tareas encomendadas.
  • Improvisación tanto en la planificación de los trabajos como en su realización.
  • Factores psicosociales como la tensión psíquica y el estrés que pueden disminuir la atención o fomentar las actuaciones rutinarias.
  • Limitada conciencia personal, social y empresarial de lo que éstos suponen: pérdidas humanas, sociales y económicas.

Los subtemas definidos han sido:

  • Espacios confinados
  • Trabajos en altura
  • Atmósferas Explosivas
  • Almacenamiento de materiales
  • Riesgo eléctrico
  • Lugares de trabajo
  • Planificación de las emergencias
  • Señalización de los lugares de trabajo
  • Instalaciones Industriales
  • Seguridad contra incendios
  • Almacenamiento de Productos Químicos Peligrosos

Los factores de riesgos derivados de la seguridad en el trabajo no pueden tratarse desde una perspectiva estanca y aislada, de hecho están íntimamente relacionadas con otras disciplinas como la que estudia las condiciones ambientales de los lugares de trabajo (calor, humedad, ruido), los aspectos ergonómicos del mismo (fatiga, sobreesfuerzos) y los aspectos psicosociales (estrés, monotonía, relaciones personales…); puesto que está demostrado que son factores que favorecen y contribuyen a la aparición de un accidente de trabajo.

Además de lo anterior, existe una estrecha vinculación con la normativa existente sobre Seguridad industrial y Seguridad de producto, que habrá que conocer y tener en cuenta para controlar la fiabilidad y seguridad de las instalaciones, máquinas, equipos, materiales de construcción, etc. presentes en los lugares de trabajo.