¿Con quién me tengo que poner en contacto cuando se produce algún incidente como un vertido, contacto accidental, intoxicación, etc.?

¿Con quién me tengo que poner en contacto cuando se produce algún incidente como un vertido, contacto accidental, intoxicación, etc.?

El artículo 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, indica:

“El empresario, en función del tamaño y la actividad de la empresa, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores”.

En el siguiente párrafo del mismo artículo añade que:

“… (El empresario) deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas”.

En el caso que nos ocupa se considera especialmente interesante incluir entre los números de teléfono de emergencia, el del servicio de atención de urgencias 112, accesible en todo el territorio nacional, y el del Servicio de información toxicológica (915620420) disponibles las 24 horas del día.