¿Cuáles son las dimensiones mínimas que deben tener los locales de aseo y los vestuarios?
¿Cuáles son las dimensiones mínimas que deben tener los locales de aseo y los vestuarios?
La superficie mínima de los locales de aseo y de los vestuarios no está regulada por ninguna normativa legal, tan solo en el anexo V-A del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo se indica que sus dimensiones tienen que ser tales que permitan su uso sin dificultades ni molestias teniendo en cuenta el número de trabajadores que puedan utilizarlos de forma simultánea. De forma orientativa puede utilizarse el valor que establece el CTE en su DBSI-3 Evacuación de ocupantes, en su tabla 2.1 Densidades de ocupación, que para el caso de los aseos está fijado en 3m2/persona.
Gestionar preferencias sobre cookies
Al hacer clic en "Aceptar" das tu consentimiento para que se utilicen cookies analíticas que sirven para obtener información sobre el uso dela web y mejorar nuestras páginas y servicios, ofrecerle una mejor experiencia de usuario, así como proporcionar funcionalidades a las redes sociales. Al hacer clic aquí, puedes gestionar tu consentimiento y encontrar más información sobre las cookies que utilizamos.
Estas cookies son necesarias para proporcionarle los servicios
disponibles a través de nuestro sitio web y para permitirle utilizar las
funcionalidades de nuestro sitio web. Sin estas cookies, no podemos
ofrecerle determinados servicios en nuestro sitio web.
Estas cookies se utilizan para recopilar información con el fin de
analizar el tráfico de nuestro sitio web y cómo lo utilizan los
visitantes.
Por ejemplo, estas cookies pueden rastrear cosas como el tiempo que
usted pasa en el sitio web o las páginas que visita, lo que nos ayuda a
entender cómo podemos mejorar nuestro sitio web para usted. La
información recopilada a través de estas cookies de análisis o medición
no identifica a ningún visitante individual.