Riesgos biológicos

Las patologías más comunes entre los pescadores Imagen Riesgos biológicos por exposición a agentes biológicos se relacionan con lesiones cutáneas originadas por infecciones, alergias, mordeduras e infestaciones. Las manos son especialmente vulnerables a pinchazos con cabos, alambres y defensas de los peces (dientes, escamas, aletas o espinas). Estas heridas pueden infectarse por la gelatina y los fluidos del pescado, produciendo lesiones sépticas que a menudo se subestiman, aunque una limpieza adecuada y primeros auxilios evitarían gran parte de la morbilidad.

Según el Real Decreto 664/1997, la pesca se considera una actividad con exposición no deliberada a agentes biológicos, derivada del contacto con animales y productos de origen animal. Los riesgos aumentan durante la manipulación de capturas, donde especies potencialmente venenosas pueden causar pinchazos o mordeduras, y los cefalópodos generan sustancias alergénicas. Las vías de entrada más frecuentes son la dérmica y la parenteral, destacando además infecciones superficiales por hongos y bacterias en extremidades.

 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de marítimo pesquero.

El Real Decreto 664/1997, para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos, define los agentes biológicos como los microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.

El mismo real decreto define los microorganismos como toda entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o de transferir material genético (puede consultar más información en la NTP 807. Agentes biológicos: glosario). Se incluyen en esta categoría los virus, las bacterias, los hongos filamentosos, las levaduras, los endoparásitos humanos y los agentes transmisibles no convencionales (priones).

Dentro de la pesca, la principal actividad con posible presencia de agentes biológicos sería la manipulación de las capturas (puede consultar más información en la NTP 625: Riesgos biológicos en la pesca marítima), en concreto:

  • Extracción de las capturas del arte, por el riesgo de producirse heridas punzantes o lacerantes en las manos por corte con las artes de pesca o viradores, o por cortes producidos por las defensas de peces y crustáceos (dientes, púas, espinas, etc.), las cuales podrían infectarse.
  • Clasificación y selección de las capturas, por la posible presencia de especies con capacidad de morder, con apéndices punzantes, con pieles urticantes y/o lacerantes y que emiten descargas eléctricas, las cuales pueden producir heridas susceptibles de infección.
  • Procesado de las capturas, por heridas en las manos con cortes o incisiones o exposición a sustancias toxicogénicas o alergénicas durante las faenas de limpieza, eviscerado, descabezado, laminado y salado de las capturas.

Cuando se trata de actividades sin intención deliberada de utilizar agentes biológicos, el proceso de evaluación de riesgos es complejo, ya que algunos de los factores a considerar se expresarán en términos de probabilidades. Es importante obtener la mayor información posible sobre la exposición, a fin de poder adoptar las medidas preventivas más adecuadas atendiendo a la actividad realizada. Con este objetivo es importante conocer la “cadena de infección”, que describe la secuencia de pasos en la transmisión de un agente biológico: proliferación, liberación al ambiente y contacto con la persona trabajadora. Este conocimiento permitirá seleccionar e implantar las medidas preventivas adecuadas con el fin de impedir el contacto con el agente biológico. Esta cadena de transmisión consta de varios eslabones o etapas:

  • El reservorio: es el medio físico (suelo, agua, otro ser vivo, etc.) donde un agente biológico en cuentra las condiciones favorables para su desarrollo. Constituye el foco de contaminación.
  • La exposición del trabajador o trabajadora al agente biológico: viene caracterizada por la dispersión del agente biológico, es decir, por las posibles formas o soportes en los que el agente biológico puede pasar del reservorio al ambiente (por ejemplo: formación de bioaerosoles) o por el acceso de la persona trabajadora al mismo.
  • El mecanismo de transmisión del agente biológico. Es el mecanismo por el que el agente biológico resulta infeccioso.
  • La vía de entrada al organismo.
  • La persona trabajadora: la gravedad de las consecuencias tras la exposición dependerán de la patogenicidad del agente biológico, de la dosis y de la susceptibilidad individual del trabajador o trabajadora.

Puede consultar más información en el artículo "Evaluación de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo" y en la NTP 409: Contaminantes biológicos: criterios de valoración.

La evaluación de riesgos debe referirse a todas las categorías de agentes biológicos existentes; por ejemplo: cuando se ha detectado la presencia o posible presencia de agentes biológicos infecciosos clasificados en distintos grupos de riesgo; cuando los agentes biológicos presentes pueden ocasionar más de un tipo de efecto (infección, alergia o toxicidad); o cuando los agentes biológicos, aun perteneciendo al mismo grupo, tienen características diferenciales que pueden resultar en una selección y aplicación de medidas preventivas distintas.

En estos casos, puede aplicarse la evaluación simplificada propuesta en la NTP 833: Agentes biológicos. Evaluación simplificada, siempre que la información disponible y las condiciones de trabajo permitan estimar el riesgo de forma razonada.

La evaluación se efectuará teniendo en cuenta toda la información disponible y, en particular:

  1. La naturaleza de los agentes biológicos a los que estén o puedan estar expuestos la población trabajadora y el grupo a que pertenecen, de acuerdo con la tabla y criterios de clasificación contenidos en el anexo II. Si un agente no consta en la tabla, la empresa, previa consulta a la representación legal de los trabajadores/as, deberá estimar su riesgo de infección, a efectos de asimilarlo provisionalmente a los incluidos en uno de los cuatro grupos previstos en el mismo. En caso de duda entre dos grupos deberá considerarse en el de peligrosidad superior.
  2. Las recomendaciones de las autoridades sanitarias sobre la conveniencia de controlar el agente biológico a fin de proteger la salud de las personas trabajadoras que estén o puedan estar expuestas a dicho agente en razón de su trabajo.
  3. La información sobre las enfermedades susceptibles de ser contraídas como resultado de su actividad profesional.
  4. Los efectos potenciales, tanto alérgicos como tóxicos, que puedan derivarse de la actividad profesional.
  5. El conocimiento de una enfermedad que se haya detectado en un/a trabajador/a y que esté directamente ligada a su trabajo.
  6. El riesgo adicional para aquellas personas trabajadoras especialmente sensibles en función de sus características personales o estado biológico conocido, debido a circunstancias tales como patologías previas, medicación, trastornos inmunitarios, embarazo o lactancia.

La prevención de los riesgos mediante actuaciones encaminadas a romper la cadena de infección será tanto más eficaz cuanto más arriba de la cadena se integre, es decir, será más eficaz la actuación sobre el foco origen de la contaminación que sobre el medio de propagación y está mejor que la actuación sobre el trabajador o trabajadora.

En el caso de la pesca, las medidas preventivas irán destinadas a evitar el contacto de los trabajadores con especies peligrosas capaces de producir heridas y cortes susceptibles de infectarse:

  • Evitar introducir las manos en la pila de pescado, emplear rastro y palas.
  • Inspeccionar las redes para estar seguros del tipo de pescado que se ingresa en cubierta.
  • En los puestos de mayor riesgo como maquinillas y viradores, o en la manipulación de especies peligrosas mantener solo al personal más experimentado.
  • Instruir acerca de las especies marinas potencialmente peligrosas.
  • Cuando se utilicen herramientas como cuchillos afilados u hojas de corte circular, se emplearán guantes de cota de malla. Mecanizar los procesos.
  • Sustituir los embalajes de madera por otros de plástico sin aristas.
  • No desatender las pequeñas heridas producidas por espinas, dientes y aletas del pescado, lavarlas y desinfectarlas.
  • Utilizar los equipos de protección individual adecuados (guantes que protejan hasta el codo, botas altas, gafas, casco…), evitando que estos generen condiciones de oclusión y exceso de humedad y calor.

En lo referente al riesgo de contraer enfermedades profesionales durante la pesca en caladeros de aguas tropicales, por medio de las picaduras de mosquitos, las medidas preventivas serían las siguientes:

  • Vacunación en el caso de la fiebre amarilla.
  • Quimiprofilaxis en el caso de faenar en zonas endémicas de paludismo.
  • Tomar medidas para evitar la picadura de mosquitos: uso de mosquiteras en las literas, ropa de manga larga que no deje zonas expuestas y color claro, evitar ropa perfumada que pueda atraer a los mosquitos, uso de repelentes, evitar zonas de criaderos en cubierta, luz tenue en habilitación que evite atraer a los mosquitos.
 
 

La colección BASEBiO ofrece información ampliada y actualizada del listado de agentes biológicos incluido en el anexo II del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Esta base de datos constituye una herramienta de gran utilidad para la evaluación, prevención y control del riesgo biológico.

Para cada agente biológico se puede encontrar información relacionada con:

  • Nombre del agente biológico, diferentes especies del género, sinónimos, tipo, características morfológicas y ciclo de vida.
  • Viabilidad, propagación y transmisión: reservorios, hospedadores, dosis infectiva mínima, supervivencia ambiental, formas de resistencia, mecanismo de propagación y transmisión, vías de entrada y distribución geográfica.
  • Actividades laborales con riesgo: listado no exhaustivo de actividades económicas contenidas en CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009) y ocupaciones contenidas en CNO (Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011).
  • Efectos en la salud: grupo de riesgo según la clasificación del Anexo II del Real Decreto 664/1997, infección, efectos tóxicos, efectos alérgicos, efectos cancerígenos, efectos en la maternidad, nombre de la principal enfermedad que causan de acuerdo con su código CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, 10.ª edición), y necesidad de declaración obligatoria (de acuerdo a la Orden SSI 445/2015, de 9 de marzo, por la que se modifican los anexos I, II, y III del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, relativos a la lista de enfermedades de declaración obligatoria, modalidades de declaración y enfermedades endémicas de ámbito regional).
  • Prevención y control: modos de inactivación química y física, antimicrobianos, vacunación, EPI adecuados, medidas preventivas generales y específicas en centros sanitarios y laboratorios.