Marítimo Pesquero

En el sector marítimo pesquero, Imagen Sector Marítimo Pesquero la pesca marina se encuentra entre las actividades laborales más peligrosas del mundo. Según la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) las muertes en el sector pesquero podrían haber aumentado a más de 32 000 personas al año. En España, la pesca marina presenta una de las tasas de accidentes laborales más elevadas.

Las personas trabajadoras del sector marítimo pesquero están expuestas a riesgos de muy diversa índole: riesgos derivados de la propia navegación; riesgos de trabajar en una plataforma en continuo movimiento y, a menudo, en un ambiente hostil; riesgos de trabajar con maquinaria peligrosa; de exposición continua a ruido, vibraciones y a agentes físicos, químicos y biológicos; riesgos ergonómicos por la elevada carga física y posturas forzadas; y también riesgos psicosociales debido a las especiales condiciones de vida y trabajo, como las estancias prolongadas en alta mar.

Este sector incluye distintas actividades que conllevan riesgos específicos; ya sea la pesca en función del arte pesquero y las características de la embarcación; las actividades extractivas (mariscadoras, percebeiras, etc.), la acuicultura, las actividades subacuáticas o las actividades auxiliares (redeiras, neskatillas, etc.).

La seguridad y salud laboral de los trabajadores y las trabajadoras del sector marítimo pesquero se rige por un amplio espectro de normas, que incluyen todas las correspondientes a la seguridad y salud del trabajo y a las relativas a la seguridad marítima, por su influencia en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas del sector marítimo pesquero.

El sector marítimo pesquero incluye las actividades recogidas en la división 03 del Grupo A de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE):

  • Pesca:

       0311 – Pesca marina
       0312 – Pesca en agua dulce

  • Acuicultura:

       0321 – Acuicultura marina
       0322 – Acuicultura en agua dulce

Adicionalmente, existen múltiples actividades relacionadas con el sector marítimo pesquero, tales como la construcción, reparación y mantenimiento naval; la reparación de otros equipos (redeiras); el transporte marítimo y por vías navegables interiores (de pasajeros o mercancías); y las actividades anexas al mismo, entre otras.

Estas actividades llevan aparejadas distintas ocupaciones de la Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO-11), con problemáticas de seguridad y salud específicas que es necesario abordar. Entre otras, jefes/as y oficiales/as de máquinas, capitanes/as y oficiales/as de puente, pescadores/as, peones de pesca o acuicultura, marineros/as de puente, de máquinas y afines, trabajadores/as cualificados/as de la acuicultura, buceadores/as, etc.

Según el documento del INSHT Sector pesquero: análisis de situación de salud laboral, la pesca es una actividad laboral masculinizada. Alrededor del 86 % son hombres, concentrados en la actividad pesquera, mientras que las mujeres del mar tienen mayor presencia en la acuicultura (28 %) y predominan en las actividades extractivas (62 % mariscadoras) y auxiliares (83 % rederas o neskatillas).

Por otro lado, se trata de una población de edad elevada, más envejecida que la media del resto de sectores: en la franja de 46 a 55 años se concentra el 34,9 % de población ocupada del sector, frente al 24,6 % del resto de actividades.

En cuanto al nivel de estudios, según la Encuesta de Población Activa (EPA), las personas trabajadoras de este sector tienen, en conjunto, menor formación que las del resto de actividades económicas, predominando las personas que han completado los estudios primarios (65,8 %). No obstante, cabe mencionar que en la acuicultura el nivel formativo es ligeramente superior.

Respecto a la situación profesional, el sector pesquero se caracteriza por una mayor proporción de personas trabajadoras autónomas. En consecuencia, el porcentaje de personas asalariadas alcanza el 62 %, frente al 83 % del resto de actividades laborales. Además, el porcentaje de contratos indefinidos es mayor en el sector pesquero que en el resto de las actividades.

La pesca marítima es una de las actividades económicas con mayor siniestralidad laboral. En 2024, el índice de incidencia de accidentes de trabajo mortales en jornada laboral se situó en 29,50, lo que supone una tasa ocho veces superior a la media del conjunto de sectores (3,33) y más del doble de la registrada en construcción (10,25).

Imagen de un trabajador en un barco pesquero

Para profundizar en esta problemática, en 2023 se elaboró un estudio detallado sobre las causas de los accidentes marítimos muy graves en la pesca durante el periodo 2014-2021, basado en los informes de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (CIAIM). Las causas más frecuentes se agrupan en tres categorías: factores personales o individuales (25 %), organización del trabajo (20 %) y deficiente gestión de emergencias en la mar (17 %).

En 2022, el INSST publicó el documento “Caracterización de la siniestralidad en la actividad pesquera” con el objetivo de difundir información cuantitativa y cualitativa sobre los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales más frecuentes en la pesca, sirviendo como referencia para los procesos de identificación y evaluación de riesgos.

Se entiende por acuicultura marina el conjunto de actividades dirigidas a la reproducción controlada, preengorde y engorde de especies de fauna y flora marina, realizadas en instalaciones vinculadas a aguas marinas o salobres, y susceptibles de explotación comercial.

Los cultivos que han alcanzado mayor desarrollo corresponden a especies comestibles de tres grupos: moluscos, crustáceos y peces. Estos tres grupos, junto con las algas, constituyen los cuatro principales objetos de la acuicultura.

A continuación, y en base a lo indicado en la NTP 623 "Prevención de riesgos laborales en acuicultura" se presenta un cuadro resumen de las principales medidas preventivas en esta actividad:

 

Fase / Actividad Riesgo principal Medidas preventivas
Criaderos o Hatcheries Caídas al mismo nivel Calzado antideslizante; precaución en cámaras de frío; accesos libres; evitar desniveles; señalización adecuada.
Proyección de partículas Uso de protección facial en laboratorio o manipulación de alimentos.
Sobreesfuerzos en manipulación de envases Uso de medios mecánicos; guantes de protección; cargas < 25 kg; descansos adecuados; buena técnica de levantamiento; aptitud física adecuada.
Exposición a agentes químicos (limpieza y desinfección) Ventilación suficiente; sustitución de productos peligrosos; higiene personal adecuada; prohibido fumar, comer o beber durante las tareas; disponer de sanitarios y lavabos.
Preengorde o Nursery Caídas al mismo nivel Calzado antideslizante; accesos libres; señalización; precaución en zonas frías o húmedas.
Proyección de partículas Protección facial en manipulación de alimentos o productos.
Sobreesfuerzos en manipulación de cargas Uso de ayudas mecánicas; guantes; cargas <25 kg; pausas de descanso; aptitud física.
Exposición a agentes químicos Ventilación; sustitución por productos menos peligrosos; higiene adecuada; prohibición de fumar/comer.
Engorde en estanques en tierra Atrapamiento en el fango Calzado adecuado; barandillas en los bordes; trabajo acompañado.
Condiciones termohigrométricas Vestimenta adecuada al clima; descansos periódicos; alimentación equilibrada; protección solar y gorra en verano.
Sobreesfuerzos (captura de peces) Uso de medios mecánicos para captura y manipulación.
Engorde en instalaciones en mar Sobreesfuerzos posturales Rotación de tareas; pausas; uso de medios mecánicos.
Caídas al mar Medios de acceso seguros entre embarcación y muelle/batea; chaleco salvavidas obligatorio.
Condiciones termohigrométricas Ropa y calzado adecuados; descansos; alimentación suficiente; protección solar.
Operaciones de buceo Titulación de buceo; mantenimiento del equipo; cumplimiento de tablas de descompresión; revisiones médicas; primeros auxilios submarinos; evitar bucear solo o bajo efectos de alcohol; uso de trajes de flotación manual.

 

Por último, la Guía de buenas prácticas en el sector de la acuicultura y el documento "Normas e instrucciones técnicas para la gestión del riesgo químico y biológico", elaborados por la Asociación de Empresas de Acuicultura Marina de Andalucía (ASEMA), completan la información y ofrecen una visión general de esta actividad dentro del sector marítimo pesquero.

Se entiende por acuicultura marina el conjunto de actividades dirigidas a la reproducción controlada, preengorde y engorde de las especies de la fauna y flora marina realizadas en instalaciones vinculadas a aguas marino-salobres y que sean susceptibles de explotación comercial o salobre.

Los cultivos que han alcanzado mayor desarrollo son los de especies comestibles pertenecientes a los tres grupos siguientes: moluscos, crustáceos y peces. Estos tres grupos junto a las algas constituyen los cuatro grandes grupos objeto de la acuicultura.

Los factores de riesgo vienen determinados por la etapa o fase de la actividad acuícola.

Criaderos o Hatcheries:

  • Caídas al mismo nivel por resbalones en operaciones de limpieza.
  • Proyección de partículas en tareas de investigación en laboratorios o en la manipulación de alimentos para las larvas.
  • Sobreesfuerzos en la manipulación de los envases de alimentos para los alevines.
  • Exposición a agentes químicos en las tareas de limpieza y desinfección de tanques y materiales.

Preengorde o Nursery:

  • Caídas al mismo nivel por resbalones en operaciones de limpieza.
  • Proyección de partículas en tareas de investigación en laboratorios o en la manipulación de alimentos para las larvas.
  • Sobreesfuerzos en la manipulación de los envases de alimentos para los alevines.
  • Exposición a agentes químicos en las tareas de limpieza y desinfección de tanques y materiales.

Engorde en estanques en tierra:

  • Atrapamiento en el fango.
  • Exposición a condiciones termohigrométricas.
  • Sobreesfuerzos durante la capturas de peces.

Engorde en instalaciones en mar:

  • Sobreesfuerzos posturales.
  • Caídas al mar desde embarcaciones auxiliares, o al embarcar y/o desembarcar.
  • Exposición a condiciones termohigrométricas.
  • Operaciones de buceo en las bateas, viveros o jaulas

NTP 623: Prevención de riesgos laborales en acuicultura 

En función de la actividad de riesgo de cada etapa o fase de la actividad acuícola, las medidas preventivas a implementar serían las siguientes:

Criaderos o Hatcheries:

Caídas al mismo nivel:

  • Usar calzado con suelas antideslizantes.
  • Especial atención requieren las cámaras de frío, donde es fácil resbalar.
  • Dejar los accesos libres de obstáculos para evitar tropiezos.
  • Evitar desniveles en el plano de trabajo.
  • Señalización correcta.

Utilización de protección facial para evitar proyección de partículas en tareas de investigación en laboratorios o en la manipulación de alimentos para las larvas.

Sobreesfuerzos en la manipulación de los envases de alimentos para los alevines:

  • Utilización de medios mecánicos para la manipulación de cargas siempre que sea posible, asegurando la sujeción de la carga y evitando pellizcos al montar o desmontar los aparejos para levantar las cargas.
  • Utilización de guantes, especialmente en el caso de aristas cortantes.
  • Hacer buena presa con las manos.
  • Manipulación de cargas de peso inferior a 25 Kg en condiciones ideales de manipulación. (Véase Guía Técnica para la manipulación manual de cargas, relativa al RD 487/1997).
  • Tiempo suficiente de reposo fisiológico.
  • Aptitud física adecuada.

Exposición a agentes químicos en las tareas de limpieza y desinfección de tanques y materiales:

  • Correcta ventilación de los lugares de trabajo.
  • Sustitución de sustancias por otras con similares características pero menos peligrosidad.
  • Sanitarios con un número apropiado de retretes con cisterna y lavabos para limpiarse las manos y toallas de un solo uso.
  • Prohibición fumar, beber o comer hasta que se haya realizado una correcta higiene.

Preengorde o Nursery:

Caídas al mismo nivel:

  • Usar calzado con suelas antideslizantes.
  • Especial atención requieren las cámaras de frío, donde es fácil resbalar.
  • Dejar los accesos libres de obstáculos para evitar tropiezos.
  • Evitar desniveles en el plano de trabajo.
  • Señalización correcta.

Utilización de protección facial para evitar proyección de partículas en tareas de investigación en laboratorios o en la manipulación de alimentos para las larvas.

Sobreesfuerzos en la manipulación de los envases de alimentos para los alevines:

  • Utilización de medios mecánicos para la manipulación de cargas siempre que sea posible, asegurando la sujeción de la carga y evitando pellizcos al montar o desmontar los aparejos para levantar las cargas.
  • Utilización de guantes, especialmente en el caso de aristas cortantes.
  • Hacer buena presa con las manos.
  • Manipulación de cargas de peso inferior a 25 Kg en condiciones ideales de manipulación. (Véase Guía Técnica para la manipulación manual de cargas, relativa al RD 487/1997).
  • Tiempo suficiente de reposo fisiológico.
  • Aptitud física adecuada.

Exposición a agentes químicos en las tareas de limpieza y desinfección de tanques y materiales:

  • Correcta ventilación de los lugares de trabajo.
  • Sustitución de sustancias por otras con similares características pero menos peligrosidad.
  • Sanitarios con un número apropiado de retretes con cisterna y lavabos para limpiarse las manos y toallas de un solo uso.
  • Prohibición fumar, beber o comer hasta que se haya realizado una correcta higiene.

Engorde en estanques en tierra:

Atrapamiento en el fango:

Emplear calzado adecuado al tipo de terreno

Instalación de barandillas en el borde de los esteros.

Establecer procedimientos de trabajo con acompañantes.

Exposición a condiciones termohigrométrica:

  • Adecuación de las ropas, el calzado a las condiciones climáticas.
  • Intercalar tiempos de descanso suficientes según condiciones climáticas.
  • Alimentación adecuada para evitar hipoglucemias por alto consumo energético o por frío.
  • En época estival, uso de cremas solares y gorras.

Sobreesfuerzos durante la capturas de peces:

  • Utilización de medios mecánicos para la captura de peces.

Engorde en instalaciones en mar:

Sobreesfuerzos posturales.

Caídas al mar desde embarcaciones auxiliares, o al embarcar y/o desembarcar:

  • Existencia de medios de acceso entre la embarcación y el muelle y/o la batea.
  • Uso de chalecos salvavidas para cada uno de los tripulantes.

Exposición a condiciones termohigrométricas:

  • Adecuación de las ropas, el calzado a las condiciones climáticas.
  • Intercalar tiempos de descanso suficientes según condiciones climáticas.
  • Alimentación adecuada para evitar hipoglucemias por alto consumo energético o por frío.
  • En época estival, uso de cremas solares y gorras.

Operaciones de buceo en las bateas, viveros o jaulas:

  • Posesión título técnico de buceo a media profundidad.
  • Mantenimiento periódico de los equipos de buceo.
  • Ascenso respetando los tiempos de permanencia y duración correcta de las paradas predeterminadas durante el ascenso para evitar los síntomas debidos a la descompresión que van desde síntomas dérmicos o dolores articulares hasta cerebrales pasando por dificultades en la respiración.
  • Revisiones médicas completas periódicamente.
  • Conocimiento en primeros auxilios submarinos.
  • Protección suficiente contra la hipotermia.
  • Observación estricta de las tablas de descompresión apropiadas.
  • Conocimiento de las tablas de recompresión.
  • Nunca bucear solo/a y menos aún con alcohol residual en el cuerpo o en caso de sentir alguna indisposición.
  • Terminar el buceo antes del agotamiento.
  • Llevar trajes de flotación de activación manual para ayuda en casos de emergencia.

Guía de buenas prácticas en el sector de la acuicultura (pdf, 9,08 Mbytes)

El buceo profesional comprende un amplio conjunto de actividades desarrolladas en el medio subacuático y en ambientes hiperbáricos. Además de los trabajos desarrollados en piscifactorías, almadrabas y la extracción de recursos pesqueros, incluye trabajos en obras hidráulicas y marítimas, puertos, presas y conducciones submarinas; instalación, mantenimiento e inspección de infraestructuras e instalaciones industriales, energéticas y marítimas; operaciones de salvamento, reflotamiento y reparación de buques y estructuras; así como trabajos de corte, soldadura, voladuras y demoliciones submarinas. También abarca actividades científicas, técnicas, de ingeniería y arqueológicas, intervenciones en espacios confinados o aguas contaminadas y operaciones especializadas en complejos de saturación.

Este tipo de actividad comporta riesgos considerables tanto por el medio en el que se desarrolla la actividad, debido a las condiciones de sobrepresión, el entorno y la respiración de gases a profundidad, como por las propias tareas que se llevan a cabo dentro del agua.

Entre las principales lesiones y enfermedades se encuentran las ocasionadas por la presión, como los barotraumatismos (especialmente de oído, senos paranasales y pulmón), la enfermedad descompresiva y la embolia gaseosa, así como alteraciones auditivas y del equilibrio. También pueden aparecer trastornos neurológicos, visuales y lesiones cutáneas asociadas a exposiciones repetidas o prolongadas.

Asimismo, la respiración de gases a presión puede provocar alteraciones fisiológicas como hiperoxia, hipoxia, hipercapnia o narcosis de nitrógeno. Estas lesiones y enfermedades están asociadas a la exposición a la presión y a la respiración de gases en el medio subacuático, y su aparición depende de factores como la profundidad, el tiempo de exposición y el cumplimiento de los procedimientos de seguridad.

Debido a la peligrosidad intrínseca de este tipo de trabajos, esta actividad está incluida en el Anexo I del Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, que recoge las actividades en inmersión bajo el agua.

Las actividades de buceo profesional en obras de construcción también se recogen en el Anexo II del Real Decreto 1627/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, al incluir los trabajos que expongan a riesgo de ahogamiento por inmersión, trabajos realizados en inmersión con equipo subacuático y los realizados en cajones de aire comprimido, en la relación no exhaustiva de los trabajos que implican riesgos especiales para la seguridad y salud de los trabajadores.

De forma más genérica, el Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo, establece el marco normativo aplicable a las actividades de buceo que se desarrollan en aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción españolas. La norma incluye disposiciones de seguridad comunes a todas las modalidades de buceo, relativas, entre otros aspectos, a la edad mínima, el estado físico de los buceadores, la formación, los requisitos aplicables a las empresas de buceo profesional, la planificación de las inmersiones y el uso de gases respirables. Asimismo, establece normas de seguridad específicas para las distintas modalidades de buceo: recreativo, deportivo, profesional, científico y de extracción de recursos marinos vivos.

Con objeto de proteger la salud de los buceadores y las buceadoras profesionales que realizan actividades marítimo pesqueras y garantizar el ejercicio del derecho a los servicios de sanidad marítima regulados en el artículo 39 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, se incluye a este colectivo en el Real Decreto 505/2024, de 28 de mayo, por el que se regulan los reconocimientos médicos de aptitud y la protección de la salud de las personas trabajadoras del sector marítimo pesquero embarcadas. A este respecto, es necesario indicar que actualmente los reconocimientos médicos de aptitud para el embarque marítimo y los reconocimientos médicos de vigilancia de la salud previstos en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales son requisitos distintos y la realización de uno no conlleva el cumplimiento del otro.

Además, en el cuadro de enfermedades profesionales recogido en el Real Decreto 1299/2006, entre las enfermedades profesionales provocadas por compresión o descompresión atmosférica (Anexo I, Grupo 2, Enfermedades profesionales causadas por agentes físicos), se incluyen las producidas como consecuencia de trabajos subacuáticos en operadores de cámaras submarinas hiperbáricas con escafandra o provistos de equipo de buceo, y todo trabajo efectuado en un medio hiperbárico.

Por último, es necesario indicar que las actividades relacionadas con el buceo deportivo o recreativo, en piscifactorías o almadrabas y las relacionadas con la extracción de recursos pesqueros se excluyen del ámbito de aplicación del II Convenio colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos.

Los buceadores acuicultores se rigen por el VII Convenio colectivo estatal para la acuicultura.