Riesgos Biológicos

El Anexo I del Real Decreto Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, Imagen Riesgos Biológicos sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo contiene una lista indicativa de las actividades en las que no hay intención deliberada de manipular agentes biológicos, pero en las que la exposición es posible. En dicho listado se incluyen los trabajos agrarios y las actividades en las que existe contacto con animales o con productos de origen animal.

 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de agrario - riesgos biológicos.

El Real Decreto 664/1997, para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos (puede consultar más información en la NTP 807 "Agentes biológicos: glosario"), define los agentes biológicos como los microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad.

El mismo real decreto define los microorganismos como toda entidad microbiológica, celular o no, capaz de reproducirse o de transferir material genético. Se incluyen en esta categoría los virus, las bacterias, los hongos filamentosos, las levaduras, los endoparásitos humanos y los agentes transmisibles no convencionales (priones).

Moho en espiga de cereal.

Dentro de la agricultura, silvicultura o jardinería, las actividades con posible exposición a agentes biológicos serían las siguientes:

  • Abonado, siembra y manipulación de la tierra, por contaminación de los suelos por agentes biológicos que no se encuentren de forma natural en los suelos.
  • Abonado, por el uso de estiércol o compost.
  • Recolección, transporte y almacenaje.
  • Limpieza de residuos y de fuentes y estanques.
  • Control biológico de plagas.

Puede consultar más información en la NTP 1020 "Riesgos biológicos en silvicultura, explotación forestal y jardinería: prevención".

En la actividad ganadera, el riesgo principal corresponde a la zoonosis (véase el documento divulgativo "La prevención de riesgos biológicos en la ganadería"), destacándose las siguientes actividades como las de mayor exposición a este tipo de riesgos:

  • Asistencia al parto de animales.
  • Atención a las crías.
  • Alimentación del ganado.
  • Cuidado de las pezuñas, por riesgo de heridas que suponga una vía de entrada para los microorganismos.
  • Realización de tratamiento preventivo de enfermedades infecciosas en animales.
  • Cuidado de animales enfermos.
  • Limpieza de animales y sus instalaciones.

actividades con exposicion a agentes biologicos

En actividades sin uso deliberado de agentes biológicos, la evaluación de riesgos es compleja y requiere reunir la máxima información sobre la exposición y comprender la cadena de infección para realizar una valoración adecuada. Dicha cadena consta de varias etapas:

  • El reservorio. Es el medio físico donde un agente biológico encuentra las condiciones favorables para su desarrollo. 
  • La exposición de la persona trabajadora al agente biológico. Viene determinada por la dispersión del agente biológico al ambiente o a la persona trabajadora.
  • El mecanismo de transmisión del agente biológico. Es el mecanismo por el que el agente biológico resulta infeccioso.
  • La vía de entrada al organismo.
  • La persona trabajadora. La gravedad de las consecuencias dependerá de: la patogenicidad del agente biológico, la dosis y la susceptibilidad individual de la persona trabajadora.

Puede consultar más información en el artículo "Evaluación de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo" y en la NTP 409 "Contaminantes biológicos: criterios de valoración".

En estos casos, puede aplicarse la evaluación simplificada propuesta en la NTP 833 "Agentes biológicos. Evaluación simplificada", siempre que la información disponible y las condiciones de trabajo permitan estimar el riesgo de forma razonada.

La evaluación se realizará considerando toda la información disponible, especialmente:

a) La naturaleza y clasificación de los agentes biológicos a los que el personal empleado esté o pueda estar expuesto.
b) Las recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias competentes.
c) La información relativa a las enfermedades profesionales potencialmente asociadas a la actividad.
d) Los posibles efectos alérgicos o tóxicos derivados de dicha actividad.
e) La detección de enfermedades directamente relacionadas con el trabajo en alguna persona trabajadora.
f) Los riesgos adicionales para personas trabajadoras especialmente sensibles.

Imagen de un ganadero en su ganadería

La prevención de riesgos es más eficaz cuando se actúa sobre el origen de la infección, antes que sobre el medio de propagación o la persona trabajadora. Algunas medidas preventivas generales incluyen:

  • Máxima reducción posible del número de personas trabajadoras expuestas.
  • Utilización de medidas de protección colectiva y/o medidas de protección individual cuando la exposición no pueda evitarse por otros medios.
  • Establecimiento de procedimientos de trabajo, gestión de residuos y manipulación de materiales susceptibles de estar contaminados.
  • Quitarse la ropa de trabajo y los equipos de protección individual que puedan estar contaminados por agentes biológicos antes de abandonar el puesto de trabajo y guardarla de forma separada de la ropa de vestir. El uso de estas prendas debe prohibirse fuera del área de trabajo. Puede consultar más información sobre EPI contra agentes biológicos en la NTP 571 "Exposición a agentes biológicos: equipos de protección individual" y en la NTP 772 "Ropa de protección contra agentes biológicos".
  • No beber, comer o fumar durante la manipulación de la tierra y hasta que no se hayan lavado las manos y los brazos con abundante agua.
  • Establecimiento de un control sanitario previo y continuado de los trabajadores.
  • Control veterinario y vacunación de los animales de las diferentes cabañas ganaderas con las que se trabaje.

Puede consultar más información en la NTP 771 "Agricultura: prevención de riesgos biológicos".

La colección BASEBiO ofrece información ampliada y actualizada del listado de agentes biológicos incluido en el anexo II del Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Esta base de datos constituye una herramienta de gran utilidad para la evaluación, prevención y control del riesgo biológico.

Para cada agente biológico se puede encontrar información relacionada con:

  • Nombre del agente biológico, diferentes especies del género, sinónimos, tipo, características morfológicas y ciclo de vida.
  • Viabilidad, propagación y transmisión: reservorios, hospedadores, dosis infectiva mínima, supervivencia ambiental, formas de resistencia, mecanismo de propagación y transmisión, vías de entrada y distribución geográfica.
  • Actividades laborales con riesgo: listado no exhaustivo de actividades económicas contenidas en CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009) y ocupaciones contenidas en CNO (Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011).
  • Efectos en la salud: grupo de riesgo según la clasificación del Anexo II del RD 664/1997, infección, efectos tóxicos, efectos alérgicos, efectos cancerígenos, efectos en la maternidad, nombre de la principal enfermedad que causan de acuerdo con su código CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, 10.ª edición), y necesidad de declaración obligatoria (de acuerdo a la Orden SSI 445/2015, de 9 de marzo, por la que se modifican los anexos I, II, y III del Real Decreto 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, relativos a la lista de enfermedades de declaración obligatoria, modalidades de declaración y enfermedades endémicas de ámbito regional).
  • Prevención y control: modos de inactivación química y física, antimicrobianos, vacunación, EPI adecuados, medidas preventivas generales y específicas en centros sanitarios y laboratorios.