null ¿Cómo se evalúa la exposición del trabajador?
El artículo 6 del Real Decreto 286/2006 establece la obligación del empresario de realizar una evaluación basada en la medición de los niveles de ruido a que estén expuestos los trabajadores, sin embargo dicha medición no será necesaria en los casos en que la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de la misma.
Así pues, la evaluación de la exposición al ruido requiere, en general, la medición de los niveles de ruido y la correspondiente comparación con los valores inferior y superior de exposición, así como con los valores límite.
LAeq,d db(A) | Lpico db(C) | |
VALORES LÍMITE DE EXPOSICIÓN | 87 | 140 |
VALORES SUPERIORES DE EXPOSICIÓN QUE DAN LUGAR A UNA ACCIÓN | 85 | 137 |
VALORES INFERIORES DE EXPOSICIÓN QUE DAN LUGAR A UNA ACCIÓN | 80 | 135 |
La elección de la estrategia de medición supone la planificación de las mediciones respecto del tiempo de duración, elección de la jornada o jornadas, los períodos de la jornada que se quieren cuantificar, los trabajadores a quien se quiere efectuar la medición y los instrumentos que se utilizarán.
Para medir el ruido se pueden utilizar sonómetros, sonómetros integradores y dosímetros personales, utilizándose éstos últimos cuando el puesto de trabajo implica movilidad o en general cuando la variación del nivel de ruido es muy elevada o no se puede predecir a lo largo de la jornada.
La guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados lo la exposición de los trabajadores al ruido establece en su apéndice 5 criterios y recomendaciones para realizar las mediciones del nivel de ruido, como pueden ser los instrumentos de medición, la selección de la jornada de medición, las estrategias de medición, …