NTP 0767: Residuos peligrosos en centros docentes de secundaria: gestión intracentro - Año 2007
NIPO: 211-07-046-3
Autor: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT)
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Las NTP son guías de buenas prácticas. Sus indicaciones no son obligatorias salvo que estén recogidas en una disposición normativa vigente. A efectos de valorar la pertinencia de las recomendaciones contenidas en una NTP concreta es conveniente tener en cuenta su fecha de edición.
1. INTRODUCCIÓN
Es necesario realizar una correcta gestión de los residuos para paliar en la medida de lo posible sus efectos negativos sobre el medio ambiente y la seguridad y salud en el trabajo asi como para la defensa de la salud pública y el desarrollo sostenible. Dicha gestión, en especial la de los residuos peligrosos, ha de tener en cuenta la legislación vigente, tanto la específica como la de protección de la salud y del medio ambiente, y se ha de plantear considerando todo su ciclo de vida, es decir, desde el mismo momento de su generación hasta que son gestionados de la forma más adecuada. En esta gestión se distinguen dos fases diferenciadas que están interrelacionadas: la gestión intracentro, que es la que se realiza dentro de los propios centros de educación, y la gestión extracentro, que incluye las operaciones de recogida, transporte y tratamiento por un gestor especializado y autorizado.
En base a esta gestión intracentro, hay que hacer especial hincapié en la formación y actitud del personal responsable del centro docente, de forma que pueda transmitir y aplicar los conocimientos adquiridos para una adecuada formación del alumnado y el cumplimiento de la normativa vigente en cuanto a residuos y a seguridad del personal del centro.
En la presente NTP se exponen los aspectos a considerar en la gestión intracentro de los residuos peligrosos generados en un centro docente de secundaria o similar (ciclos formativos), que incluyen las operaciones de clasificación, reagrupamiento y almacenamiento de residuos, siempre a cargo del personal del centro docente, hasta que se procede a su recogida por un gestor externo.
2. TIPOS Y CARACTERÍSTICAS DE LOS RESIDUOS GENERADOS EN CENTROS DOCENTES DE SECUNDARIA
Los residuos se pueden dividir en no peligrosos (orgánicos, papel y material inerte), que se suelen gestionar como tales (asimilables a urbanos), y peligrosos (sustancias químicas, restos biológicos y material contaminado, proveniente de los laboratorios, así como lámparas, pilas, aceites minerales, cartuchos de impresora, etc.).
Los residuos que se generan en los laboratorios (productos de prácticas, productos caducados, productos sobrantes, etc.), a los que hace referencia esta Nota Técnica de Prevención, deben ser gestionados adecuadamente para que no supongan un riesgo para los trabajadores y alumnos del centro. También es importante tener en cuenta los productos que por su especial peligrosidad (muy tóxicos, tóxicos, sensibilizantes y los denominados CMRcancerígenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción) no se deben utilizar en un centro docente de secundaria, y que, caso de existir, deben ser eliminados en una primera fase. Algunos ejemplos de estos productos se pueden ver en la tabla 1.
Una de las características de estos centros docentes (IES, FP, etc.) es la frecuencia de generación de los residuos, que suele ser estacional, relacionada con la realización de prácticas vinculadas al desarrollo de los programas y al cumplimiento del calendario escolar. Es importante indicar que la peligrosidad de estos residuos hace necesaria una planificación de las retiradas de los mismos, procurando que en períodos vacacionales haya un stock de residuos mínimo, dada la previsible ausencia del personal.
3. PROGRAMA DE GESTIÓN DE RESIDUOS: ASPECTOS A CONSIDERAR
Estudios de actividades y minimización Para disponer de una información ajustada sobre los residuos generados en cada centro, es necesario conocer todas las actividades realizadas, desde las docentes hasta las de mantenimiento o de limpieza, así como los productos utilizados. Este estudio debe efectuarse a partir de los productos adquiridos, considerando las áreas, actividades y procesos en los que intervienen, así como la periodicidad y frecuencia de utilización.
Todo ello, permite establecer una relación de residuos generados y una estimación de las cantidades producidas en el centro. partir de estos datos y de manera previa a la consideración como residuos para su inclusión en el procedimiento de gestión, hay que estudiar otras posibilidades. El primer paso es valorar las opciones de minimización o reducción de los residuos generados y la sustitución de algunos productos peligrosos por otros que representen un menor riesgo para la seguridad y la salud. Ello hace necesario una cuidadosa selección de las prácticas y de las cantidades de productos adquiridos, que eviten un exceso de productos almacenados que a la postre, muy probablemente, pueden convertirse en residuos. Otra posibilidad que debe tenerse en cuenta es la reutilización de algunos residuos, por ejemplo como producto de partida de una nueva práctica docente.
Clasificación de los residuos
Un programa de gestión de residuos implica el establecimiento de un procedimiento de recogida selectiva de acuerdo con la clasificación y agrupamiento de los diferentes residuos, considerando sus propiedades fisicoquímicas y las incompatibilidades que puedan existir. En la tabla 2 se presenta una posible clasificación de los residuos peligrosos generados en centros de educación secundaria, aunque dado que las cantidades generadas en estos centros suelen ser pequeñas, la clasificación debe adaptarse a las posibilidades de cada centro.
Compatibilidad
El primer aspecto a tener en cuenta para la clasificación de residuos y el establecimiento de grupos es conocer las características de compatibilidad de los diferentes residuos (ver tabla 3). Es importante indicar que, dentro de cada grupo genérico de residuos, pueden producirse reacciones químicas, debiéndose realizar todos los subgrupos necesarios, en los que se observen las características de compatibilidad química y se eviten reacciones secundarias peligrosas. Por ejemplo: si se mezclan restos de ácido nítrico y de ácido sulfúrico, deberemos utilizar envases distintos, ya que uno es oxidante y el otro reductor. En la tabla 4 se incluyen ejemplos de productos de cada grupo.
Como norma general, sólo puede procederse a mezclar residuos si hay garantías de ausencia de reactividad y, ante cualquier duda, se debe consultar al responsable de residuos del centro o al gestor externo. Por otro lado, un tratamiento intracentro para neutralizar o reducir la peligrosidad de un residuo, solamente se puede llevar a cabo si se trata de una operación segura que no dé lugar a reacciones secundarias peligrosas y no represente un consumo de productos exagerado.
Etiquetado
Los recipientes o contenedores de los diferentes tipos de residuos deben estar adecuadamente etiquetados, permitiendo la rápida identificación del residuo y de su peligrosidad. El contenido de la etiqueta debe estar de acuerdo con la legislación aplicable, tanto la relativa a la comercialización de sustancias y preparados como a la de transporte, existiendo dos tipos de etiquetas, las denominadas de “producto”, que hacen referencia al residuo y a su peligrosidad y las denominadas de “transporte”, que se utilizan cuando se trata de materias peligrosas a transportar, de acuerdo con la normativa de transporte por carretera (ADR). En el caso de los residuos, es habitual utilizar una única etiqueta que comprenda los dos aspectos (producto y transporte), facilitando su gestión, y cuyo contenido debería ser el siguiente:
- Denominación del residuo
- Datos del productor
- Pictogramas de peligro
- Frases de riesgo R y consejos de prudencia S
- Fecha de inicio del almacenamiento
- Código CER//LER (Código Europeo de Residuos// Lista Europea de Residuos) de seis dígitos y la codificación española de residuos (según normativa)
- Número UN (4 cifras): si la materia está considerada como peligrosa para el transporte según la normativa ADR.
Normalmente, las etiquetas son facilitadas o se confeccionan con la empresa gestora externa. Una manera de facilitar la identificación rápida de los residuos es la utilización de etiquetas de colores diferentes, según el grupo de residuos a que pertenezca. En la tabla 5 se indican, a modo de ejemplo, diferentes colores genéricos de la etiqueta para cada grupo o subgrupo de residuos y en la figura 1 se muestran algunos ejemplos de etiquetas.
Envasado
Para el envasado de los residuos de laboratorio, se ha de tener en cuenta varios factores como son el tipo residuo (características físicoquímicas, composición química, reactividad y compatibilidad residuoenvase), el volumen de residuo generado y el espacio disponible en los laboratorios o en las zonas de almacenamiento. Con el fin de evitar trasvases y facilitar la entrega al gestor externo se recomienda utilizar envases homologados para el transporte de mercancías peligrosas. A continuación se describen las características de los envases más frecuentemente utilizados para residuos de este tipo (ver figura 2):
- Envases de 5 a 30 l: Envases de polietileno de alta densidad desde 5 hasta 30 litros de capacidad, homologados. Existen algunos envases de boca ancha (para sólidos) y otros de boca estrecha (para líquidos). Son en su mayoría compatibles con los productos químicos y residuos generados en un laboratorio docente de secundaria.
- Envases de seguridad: Indicados para productos especialmente inflamables, volátiles o tóxicos, en pequeñas cantidades, como podría ser el sulfuro de carbono. Van provistos de cortafuegos y válvula de presión especial.
- Cajas para reactivos de laboratorio: Cajas de polietileno de alta densidad, provistas de un producto absorbente en el fondo, preparadas para el almacenamiento y transporte de reactivos de laboratorio obsoletos y productos en su envase original o envases con un volumen similar. Debe tenerse especial cuidado con productos peligrosos de máximo riesgo.
En la tabla 6, se indican una serie de recomendaciones relativas a la utilización de envases de polietileno para el almacenamiento de residuos y en la tabla 7 otras incompatibilidades entre envase y residuo.
Almacenamiento
Desde el momento de la generación de un residuo o de la consideración de un producto como residuo, hasta su retirada por un gestor autorizado, el almacenamiento de los residuos es responsabilidad del centro docente (productor), que debe procurar que se realice correctamente y de acuerdo con la legislación vigente, en la que se indica que el tiempo máximo de almacenamiento no debe ser superior a seis meses.
Como recomendaciones generales de almacenamiento de residuos se indican las siguientes:
Disponer de un almacén externo, de forma que los residuos se encuentren apartados del centro. En su defecto, debería habilitarse una zona interna, previamente determinada, que sea lo más aislada posible y si, debido a problemas de espacio, han de ubicarse en el laboratorio, deben delimitarse espacios exclusivos, utilizándose, preferentemente, armarios de seguridad con una resistencia al fuego mínima de 15 minutos (RF 15).
Es importante que no esten expuestos a la luz solar y dispongan de la máxima ventilación posible.
El almacenamiento debe contemplar posibles incompatibilidades químicas, debiéndose establecer una adecuada distribución y separación que evite posibles reacciones peligrosas.
Los envases no han llenarse más allá del 90 % de su capacidad, para facilitar su manipulación segura.
Siempre que sea posible, los envases deben almacenarse a nivel del suelo y en ningún caso por encima de 1,70 metros desde el suelo, evitandose el apilamiento.
En el caso de los residuos que sean reactivos de laboratorio, contenidos en su propio envase o en otros, y que estén almacenados en cajas de polietileno estancas (ver figura 3), ha de procurase no superar los 20 Kg. por caja, incluido el absorbente interior para derrames (que debe añadirse), e intentar, dentro de lo posible, separar los residuos en cajas diferentes, de acuerdo con su clasificación y considerando las posibles incompatibilidades. Los envases han de estar fijos de manera que no se puedan mover, incluyéndose, adherido a cada caja, un listado de los residuos y volúmenes que contiene, facilitando, así, la detección de incompatibilidades por parte del gestor externo, durante la recogida.
Manipulación
En principio, todos los residuos deben considerarse como peligrosos. Si se desconocen sus características y propiedades ha de adoptarse el máximo nivel de protección.
Siempre que sea posible, se empleará material fácilmente descontaminable, utilizándose material de un solo uso exclusivamente en aquellos casos que resulte imprescindible.
Nunca se deben manipular residuos en solitario.
No utilizar envases que superen los 20 Kg., para que su manipulación no implique riesgos adicionales.
El vertido de los residuos a los envases o contenedores correspondientes ha de efectuarse de forma lenta y controlada, interrumpiéndose la operación si se observa cualquier fenómeno anormal, como la formación de gases o un incremento significativo de la temperatura. Una vez finalizada la operación de trasvase, es necesario cerrar el envase hasta la próxima utilización.
Evitar el contacto directo con los residuos peligrosos, utilizando los equipos de protección individual (EPI) necesarios, como guantes, gafas y en algunos casos mascarilla.
Debe procurarse que los envases o contenedores de residuos no completados, previamente a su traslado a la zona de almacenamiento, no entorpezcan y no sean un riesgo añadido, situándose apartados de zonas de paso y de focos de calor.
4. IMPLANTACIÓN DEL PROGRAMA. ELEMENTOS DE LA GESTIÓN
Una correcta gestión de los residuos en un centro de educación secundaria, ha de considerar tanto aspectos normativos como organizativos, entre los que se encuentran los siguientes:
Designar un responsable general de residuos del centro docente, que será el encargado de recopilar toda la información relativa a los residuos a gestionar, facilitar las etiquetas y envases necesarios y completar el documento de solicitud de retirada.
De acuerdo con la organización del centro docente, se recomienda asignar, además, un responsable por laboratorio o departamento, que se encargará de la gestión de los residuos de su área y de realizar la solicitud al responsable general del centro de los envases necesarios y de las etiquetas correspondientes. Si el centro docente dispone de un solo laboratorio, puede tratarse de la misma persona.
Establecer una sola persona de contacto entre el centro educativo y el gestor externo de residuos, al que se le deben facilitar los datos del mismo (nombre, dirección completa, teléfono, email, etc.), así como el documento de solicitud de retirada, debidamente cumplimentado.
El responsable general de residuos, en su caso, informará a cada área o departamento generador (laboratorio o departamento) de las fechas de recogida por parte del gestor externo. Deberá disponerse de una relación actualizada de los residuos almacenados.
Disponer de procedimientos y planes de actuación en caso de incidencias, como puede ser un derrame o la existencia de envases hinchados, que a su vez, deben estar contemplados en el plan de emergencia y evacuación el centro educativo (ver NTP nos 334, 432 y 500).
Periódicamente debería realizarse una revisión del programa de gestión de residuos, en la que han de intervenir todas las partes implicadas (centro docente y gestor autorizado). En ella se debe comprobar el buen funcionamiento del programa, facilitándose la detección de puntos débiles en el mismo así como de posibilidades de mejora, lo que permite una optimización continua del sistema de gestión implantado.
REFERENCIAS LEGALES Y BIBLIOGRAFIA
(1) Ley 31/1995 de 8.11. (Jef. Est. , BOE 10.11.1995). Ley de prevención de riesgos laborales.
(2) Real Decreto 952/1997 de 5.7. (M. M. Amb., BOE 5.7.1997), por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de junio.
(3) Ley 11/1997 de 24.4 (Jef. Est., BOE 25.4.1997). Ley de envases y residuos de envases.
4) Ley 10/1998 de 21.4. (Jef. Est., BOE 22.4.1998). Ley de residuos.
(5) Real Decreto 374/2001 de 6.4. (M. Presid. BBOOE 1.5, rect.30.5 y 22.6.2001). Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
(6) Orden MAM/304/2002 de 8.2. (BBOOE 19.2, rect.12.3.2002) por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.
(7) INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. Notas Técnicas de Prevención (NTP). Barcelona. INSHT.