Requisitos y características de la ropa de protección frente a agentes biológicos

La ropa de protección frente a agentes biológicos, como equipo de protección individual (EPI), debe cumplir con el Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual, lo que queda evidenciado por el correspondiente marcado CE de conformidad. La ropa que protege frente a agentes biológicos nocivos es categoría III (1).

En línea con lo anterior, este tipo de ropa debe cumplir con la norma UNE-EN 14126 que contempla ensayos específicos de resistencia a la penetración de microorganismos. Este tipo de ropa puede ofrecer distintos niveles de hermeticidad tanto en su material como en su diseño, cubriendo parcialmente el cuerpo (como batas, delantales, manguitos, polainas, etc.), o el cuerpo completo. Pueden consultarse los distintos tipos de ropa de protección contra agentes biológicos en el Apéndice 6 de la Guía técnica relativa a la exposición a riesgos biológicos.

En el ámbito sanitario es habitual el uso de prendas certificadas como Producto Sanitario (PS) de acuerdo con el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios (2). El fin perseguido por estas prendas es impedir la transmisión de gérmenes desde el personal sanitario al espacio de trabajo, que incluye al paciente, para evitar una posible infección en el mismo. Los diseños de estas prendas responden más a las necesidades del personal sanitario no siendo dichos diseños tan frecuentes en la ropa de protección (EPI) que está más enfocada al entorno industrial. Algunos ensayos del material en estos productos sanitarios son comunes con los de la ropa de protección (EPI) según la norma EN 14126.

Sería recomendable que la indumentaria usada en hospitales, certificada como producto sanitario, fuera además un EPI que cumpliera con la norma EN 14126 o un producto dual (3) si fuera necesario. Si ello no es posible, por no existir disponibilidad en el mercado o no responder al diseño requerido para los trabajadores sanitarios, en caso de “grandes cantidades de secreciones o fluidos “ y que sea necesario protección adicional en alguna zona, como cierta impermeabilidad, también puede recurrirse a delantales de protección química que cumplen con la norma UNE-EN 14605, denominados Tipos PB [3] y PB [4] (PB procede de Partial Body) que, aunque no sean específicamente de protección biológica, pueden ser adecuados para el uso mencionado de protección contra salpicaduras o para complementar una bata que no sea un EPI.

(1) Esta categoría incluye exclusivamente a los EPI que protegen frente a los riesgos que puedan tener consecuencias muy graves, como la muerte o daños irreversibles a la salud.

(2) En su lugar el Reglamento (UE) 2017/745 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2017 sobre los productos sanitarios, cuando sea de aplicación.

(3) Diseñado para proteger al trabajador y al paciente de forma simultánea. Debe cumplir tanto con las disposiciones legislativas de EPI como con las de PS.