Vibraciones

Las vibraciones en el sector pesquero son fundamentalmente de tres tipos: Imagen Vibraciones

  • Vibraciones de muy baja frecuencia (0 – 2 Hz) que son producidas por el propio movimiento del barco.
  • Vibraciones de baja frecuencia (2 – 20 Hz) que están relacionados con los aparatos propulsores y con las hélices.
  • Vibraciones de altas frecuencias (20 – 3000 Hz) que son producidas por máquinas o herramientas y se propagan sobre todo por el sistema mano brazo. Si bien es cierto, que a bordo de los barcos se utilizan pocas herramientas que vibren.
 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de vibraciones.

Las principales fuentes de vibraciones en los barcos son:

  • La hélice y los aparatos propulsores (vibraciones periódicas)
  • El motor principal y los auxiliares (vibraciones periódicas)
  • Los efectos del mar (vibraciones aleatorias)
  • La utilización de herramientas manuales que vibren (vibraciones aleatorias)

Imagen de un barco pesquero

Existen modalidades pesqueras, tales como la Draga hidráulica, en las que los riesgos por exposición a vibraciones adquieren una especial importancia, debido a los equipos utilizaos para la clasificación y ensacado de las capturas.

El artículo 4 del Real Decreto 1311/2005 establece la obligación del empresario de evaluar el riesgo derivado de la exposición a vibraciones. Como norma general, y excepto en aquellos casos en que la naturaleza y el alcance de los riesgos hagan innecesaria una evaluación detallada de éstos, la evaluación se basará en la cuantificación del riesgo, que se llevará a cabo mediante la determinación del parámetro A (8). Este parámetro representa el valor de la exposición diaria a vibraciones, normalizado para un periodo de ocho horas.

Por lo que, siempre que se sospeche de la existencia de riesgo, éste debe evaluarse. Como norma general, y excepto en aquellos casos en que la naturaleza y el alcance de los riesgos hagan innecesaria una evaluación detallada de éstos, la evaluación se basará en la cuantificación del riesgo, que se llevará a cabo mediante la determinación del parámetro A (8). Este parámetro representa el valor de la exposición diaria a vibraciones, normalizado para un periodo de ocho horas, y se puede obtener por medición de la aceleración o por su estimación a partir de datos disponibles. El valor de A(8), que se determina de manera diferente según se trate de vibraciones transmitidas al sistema mano-brazo (VMB) o de vibraciones transmitidas al cuerpo entero (VCE), depende de dos factores: la magnitud de la vibración (expresada por su aceleración) y el tiempo de exposición.

El Real Decreto 1311/2005 ofrece dos posibilidades para disponer de los valores de la aceleración ponderada en frecuencia: utilizar datos publicados sobre la misma o medirlos. En el primer caso pueden utilizarse los valores que deben figurar en el manual de instrucciones que debe acompañar a cada máquina o bien utilizar los que están disponibles en diferentes bases de datos (véase el apéndice 2 de la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con las vibraciones mecánicas del INSSBT). En el segundo caso, el Apéndice 3 de esta Guía del INSSBT recoge las consideraciones a tener en cuenta para medir la aceleración.

NTP

icono-link NTP 784. Evaluación de las vibraciones de cuerpo completo sobre el confort, percepción y mareo producido por el movimiento

icono-link NTP 839 “Exposición a vibraciones mecánicas. Evaluación del riesgo”

icono-link NTP 1.068 “Vibraciones: alternativas para evaluar el riesgo de vibraciones. Estimación.”

MÁS INFORMACIÓN

icono-link Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con las vibraciones mecánicas

Los efectos de las vibraciones son muy diversos y varían en función de su frecuencia:

  • Las vibraciones de muy baja frecuencia suelen provocar malestar general, náuseas y mareos.
  • Las vibraciones de baja frecuencia están relacionadas con la aparición de micro traumatismos en la espina dorsal, sobre todo en la zona lumbar y son tanto más dañinos cuanto más en desequilibrio está la columna. Este tipo de vibraciones hace la tarea más difícil y penosa, complica tanto los movimientos precisos, como la presión correcta con las manos y los dedos y, aumenta también el tiempo de reacción. Además estas vibraciones, sobre todo entre 4 y 12 Hz, tienen tendencia a aumentar los parámetros respiratorios (frecuencia respiratoria, ventilación pulmonar y consumo de oxígeno) por una tensión importante de los músculos lumbares, de los del tórax, del abdomen y de la espalda. También entre los 4 y 11 Hz se registran perturbaciones cardíacas, con extrasístoles y algunas veces taquicardias. De igual modo, se observan en este rango de frecuencias trastornos del tracto digestivo y urinario, debido a modificaciones del peristaltismo de la musculatura lisa visceral.
  • Las vibraciones de altas frecuencias están relacionadas con la aparición fundamentalmente de patologías: óseas (artritis, osteonecrosis del semi-lunar y del escafoides carpiano) o angioneuróticas (síndrome de Raynaud). Si bien es cierto que éstas patologías son poco frecuentes entre los marinos.

NTP

icono-link NTP 963: “Vibraciones. Vigilancia de la salud en trabajadores expuestos.”

De acuerdo con el artículo 5 del RD 1311/2005 “Teniendo en cuenta los avances técnicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en su origen, los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible”.

No obstante dependiendo del valor A (8) obtenido la Guía Técnica nos propone una serie de acciones a tomar:

Esquema de acciones para tomar medidas preventivas

Por citar algunas recomendaciones generales a tener en cuenta:

  • Considerar, en la medida de lo posible, la elección de máquinas y equipos que ofrezcan el menor nivel de emisión de ruido en función de la información facilitada por el fabricante.
  • La fijación del motor principal y de los auxiliares a su bancada debe ser la correcta. Revisar periódicamente el anclaje de los mismos.
  • Introducir materiales amortiguantes allí donde se produzca el efecto de fuerzas de impacto.
  • Mantener de forma apropiada instalaciones, máquinas y equipos de trabajo.
  • Reducir la transmisión de las vibraciones estructurales, especialmente en caso de que esas vibraciones alcancen las zonas de la embarcación destinadas al descanso de los trabajadores.
  • Organización adecuada del trabajo mediante la limitación de la duración e intensidad de la exposición.
  • Formación e información a los trabajadores sobre los riesgos derivados de la exposición al nivel de vibraciones y medidas de control
  • Continuar con la Vigilancia de la Salud de conformidad con el artículo 8 del RD 1311/2005, aplicando los protocolos necesarios para la detección precoz de lesiones vasculares, osteorarticulares. Además, debe registrarse cualquier historia previa sobre la exposición a las vibraciones

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