¿Un solo trabajador puede realizar trabajos en equipos de baja tensión, o es necesaria la presencia de más de uno?

¿Un solo trabajador puede realizar trabajos en equipos de baja tensión, o es necesaria la presencia de más de uno?

El Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, regula los métodos y procedimientos a seguir para trabajar en las instalaciones eléctricas o en sus proximidades. Así mismo, establece tres tipos de trabajadores en función de su formación y capacitación (autorizado, cualificado y jefe de trabajo) que les habilita para hacer determinados trabajos eléctricos sin especificar el número mínimo de trabajadores para la realización de dichos trabajos salvo en el caso de trabajos en tensión en las instalaciones de alta tensión.

La necesidad de participación de más de un trabajador para la realización de cada trabajo vendrá determinada por la evaluación de riesgos. Esta condicionará las medidas preventivas propuestas, los procedimientos de trabajo y las instrucciones operativas a elaborar.