El calzado de protección para motociclistas ¿Es EPI? ¿A qué categoría pertenece?

El calzado de protección para motociclistas ¿Es EPI? ¿A qué categoría pertenece?

El calzado para las personas que conducen motocicletas, ya sea durante un uso profesional o privado, está destinado a proporcionar al pie, y opcionalmente al tobillo y/o parte de la espinilla un cierto grado de protección mecánica en los accidentes, sin reducir excesivamente la capacidad de la persona para controlar la motocicleta y manejar los mandos accionados con los pies. Dicha protección se define mediante cuatro propiedades específicas (altura del corte, abrasión por impacto, corte por impacto y rigidez transversal); así pues, este tipo de calzado está considerado equipo de protección individual de categoría II. Suele estar certificado conforme a la norma técnica armonizada UNE-EN 13634:2018 (EN 13634:2017) dando presunción de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual, lo que se demuestra con el correspondiente marcado CE sobre el equipo.

Las propiedades específicas de protección descritas tienen dos niveles de prestaciones en función de la protección requerida en cuanto al tipo de conducción y a la naturaleza del accidente, de esta forma, cuando se considera que un estilo de conducción o de deporte les expone a un mayor riesgo de accidente el Nivel 2 de las prestaciones ofrece mayor protección, sin embargo, es probable que este nivel superior de prestaciones tenga un efecto negativo sobre el peso y el confort por lo que puede no ser aceptable para todas las personas que conducen motocicletas.

Por otra parte, el calzado destinado a ser usado por motociclistas durante el desarrollo de una actividad profesional para la protección solo de las condiciones atmosféricas, que no sean ni excepcionales ni extremas, se considera equipo de protección individual de categoría I y deberá estar certificado y llevar el marcado CE. Sin embargo, si el uso previsto es privado, el calzado está fuera del alcance del Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual y por tanto, no dispondría de la certificación correspondiente ni del marcado CE.