Preguntas técnicas frecuentes sobre Protección contra Caídas de Altura

En este apartado se recogen una selección de las cuestiones en materia de prevención de riesgos laborales realizadas a este instituto con más frecuencia.

Puede haber situaciones laborales en las que la protección frente a los riesgos existentes haga aconsejable, como consecuencia de la evaluación de riegos, el uso de EPI diseñados para la práctica de deportes. No obstante no parece ser el caso que nos ocupa si nos referimos a los equipos a utilizar en los sistemas de acceso mediante cuerda.

Actualmente, en dichos sistemas, se utilizan dispositivos de regulación de cuerda Tipo B según la norma UNE-EN 12841 para ascender por la línea de trabajo. Sin embargo, es cierto que, hasta la aparición de la citada norma, y ante la falta de otra especificación técnica mejor, se solían utilizar bloqueadores de alpinismo y escalada según la norma UNE-EN 567.

El INSST tiene publicada una serie de 4 NTP sobre la seguridad en trabajos verticales. En concreto en la NTP 1110 Seguridad en trabajos verticales (III). Equipos del sistema de acceso mediante cuerdas, se describen los principales elementos, componentes y dispositivos que forman parte del sistema de acceso con cuerda, así como sus características principales y funciones que desempeñan. Por otro lado, se incluyen aquellos equipos auxiliares que son utilizados para el desarrollo de los trabajos descritos en la NTP 1108. Además, se indica la normativa aplicable, marcado CE, así como las necesidades de mantenimiento, conservación e inspecciones periódicas de los equipos.

En relación con los EPI a utilizar en los sistemas de acceso mediante cuerda puede consultar una información más actualizada en la nueva edición de la Guía técnica de equipos de trabajo del INSST.

Referencias:

La longitud total de un subsistema compuesto por un absorbedor de energía, incluido un elemento de amarre, sus terminales y conectores, no debe exceder los 2 m (por ejemplo, conector, más absorbedor de energía, más elemento de amarre, más conector).

NOTA: La longitud máxima admisible de cada absorbedor de energía, incluido el elemento de amarre, vendrá marcada sobre el equipo.

Los dispositivos anticaídas retráctiles, en líneas generales, están recomendados para trabajar en vertical y en un cierto ángulo sobre la misma. Así la norma técnica en base a la cual suelen certificarse sólo contempla ensayos en vertical (UNE-EN 360). No obstante hay equipos que si pueden utilizarse horizontalmente, en cuyo caso deberían haberse certificado por un organismo notificado para dicho uso. Lo habitual en este caso es recurrir como especificación técnica, para verificar este posible uso, a una de las recomendaciones elaboradas a tal efecto por el Grupo Vertical 11 de la Coordinación de Organismos Notificados.

A su vez, la norma UNE-EN 360, si establece, que tanto en el marcado del equipo como en la información que suministra el fabricante se deben incluir las condiciones específicas bajo las cuales puede emplearse el dispositivo anticaídas retráctil, por ejemplo, en vertical, en horizontal o inclinado.

Según establece el Real Decreto 773/97 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, la empresa debe velar por que el EPI se mantenga en perfecto estado y para ello debe asegurar que el mantenimiento se realice de acuerdo con las instrucciones de la empresa fabricante.

Los EPI contra caídas de altura suelen certificarse en base a la aplicación de normas armonizadas específicas (dependiendo del equipo) y de la norma armonizada EN 365 “Requisitos generales para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje”, en la cual, además de recomendarse una revisión previa al uso del equipo, se indica lo siguiente en cuanto a las instrucciones que debe proporcionar quién fabrica el equipo en relación con la revisión periódica (apartado 4.4).

Las instrucciones para la revisión periódica deben incluir una recomendación relativa a la frecuencia de las revisiones periódicas, teniendo en cuenta factores como legislación, tipo de equipo, frecuencia de uso y condiciones ambientales. La recomendación debe incluir una declaración relativa a que la frecuencia de la revisión periódica debe ser al menos cada 12 meses.

Por tanto, para los arneses anticaídas, se puede acudir a la información indicada en cada folleto informativo al respecto de la frecuencia de la revisión periódica.

Para más información respecto a símbolos de marcado y contenido del folleto informativo de los EPI, puede consultar la ficha de selección y uso de equipos de protección contra caídas de altura disponibles en este portal.

No, el arnés anticaídas (UNE-EN 361 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Arneses anticaídas) es el único dispositivo de prensión del cuerpo que se puede utilizar en un sistema anticaídas (o de detención de caídas).

NOTA: En los sistemas de protección individual contra caídas podemos encontrar los siguientes equipos de prensión del cuerpo (o una combinación de ellos):

  • Arnés anticaídas (UNE-EN 361): dispositivo de prensión cuya misión es retener el cuerpo que cae y garantizar la posición correcta de la persona una vez producida la parada de la caída. El arnés anticaídas puede llevar incorporados otros dispositivos de prensión del cuerpo especificados en otras normas europeas tales como, por ejemplo, EN 358, EN 813 Equipos de protección individual contra caídas. Arneses de asiento y EN 1497 Equipos de protección individual contra caídas. Arneses de salvamento.

  • Arnés de asiento (UNE-EN 813): equipo previsto para ser utilizado en los sistemas de retención, sujeción y acceso mediante cuerda, en los que se requiere un punto de enganche bajo. Los arneses de asiento no deben ser utilizados para la detención de caídas.

  • Cinturón de sujeción y retención (UNE-EN 358): equipo previsto para mantener al usuario en posición en su punto de trabajo (sujeción) o para impedir que alcance un punto desde donde pueda producirse una caída (retención). Es esencial tener en cuenta que un equipo de estas características no está previsto para la detención de caídas y que puede ser necesario complementarlo con medios colectivos o individuales de protección contra caídas de altura.

  • Arnés de salvamento (UNE-EN 1497): equipo previsto para sostener a la persona socorrida durante la operación de salvamento.

Para ampliar información ver Tríptico “Trabajar sin caídas: Equipos de Protección contra caídas de altura” y Cartel “Trabajar sin caídas Equipos de Protección contra caídas de altura”, ambos elaborados por este INSST.

Los dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje rígida o flexible (UNE-EN 353-1 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje. Parte 1: Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje rígida y UNE-EN 353-2 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Parte 2: Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje flexible), previstos para desplazamientos verticales, tienen consideración de Equipos de Protección (EPI) y están comprendidos en el ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2016/425, del Parlamento y del Consejo, de 9 de marzo de 2016 relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo con la particularidad de que el equipo, en este caso, está formado inseparablemente por la línea de anclaje (“línea de vida”) y el dispositivo anticaídas, no pudiendo certificarse por separado.

NOTA: Véase NTP 774: Sistemas anticaídas. Componentes y elementos.