Productos fitosanitarios y otros agentes químicos

Las personas trabajadoras del sector agrario Productos fitosanitarios pueden estar expuestas a diferentes agentes químicos, destacando por su relevancia en el sector debido a la frecuencia de su uso y/o el riesgo derivado de la exposición laboral, a los productos fitosanitarios, los fertilizantes y a los productos para la salud animal (como antibióticos, biocidas y otros productos farmacológicos). Además, es habitual el uso de combustibles, lubricantes, agentes limpiadores, pinturas y disolventes, entre otros que pueden generar daños para la salud y la seguridad de los trabajadores.

Hay que tener en cuenta también, que estos trabajadores pueden verse expuestos a gases tóxicos y asfixiantes y a partículas y polvo en suspensión (en actividades de manipulación y limpieza de caballerizas, establos y corrales, en depósitos de estiércol, trabajos en espacios confinados, etc).

 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de productos fitosanitarios.

Según el artículo 2 del Reglamento (CE) nº 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, se define producto fitosanitario como los productos destinados a proteger vegetales, influir en sus procesos vitales, mejorar su conservación, controlar y evitar el crecimiento de vegetales no deseados.

Se puede ampliar esta información en el documento: Prevención de riesgos durante el uso de productos fitosanitarios.

Los fertilizantes son nutrientes químicos que estimulan el crecimiento de las plantas, siendo su función principal la de proporcionar elementos nutrientes a las plantas. Son los denominados abonos y pueden ser:

  • Orgánicos (Estiércol, Purines, Turba, Etc.).
  • Minerales (Nitrogenados, Fosfatados, Potásicos, Oligo-abonos).

Los principales riesgos son:

  • Contacto con materia biológica y parásitos al manipular estiércol, purines, …
  • Gases tóxicos durante su descomposición, como por ejemplo el nitrato amónico, cuyos gases de descomposición son irritantes para las vías respiratorias y las mucosas.
  • Quemaduras en la piel, por ejemplo, por manipulación de cianamida cálcica.
  • Explosiones, por ejemplo, el amoniaco anhidro se suele almacenar en grandes cantidades mediante depósitos a presión, por lo que es necesario mantener todas las normas de seguridad asociadas al empleo de recipientes a presión.

Entre las medidas preventivas que se pueden aplicar se encuentran:

  • Mecanización del manejo de abonos.
  • Vacunación.
  • Higiene personal.
  • Uso de EPIS adecuados (protección respiratoria, gafas, ropa, guantes y botas).

MÁS INFORMACIÓN

icono-link Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes

Los productos para la salud animal son todos aquellos que se utilizan para promover la salud o el crecimiento de los animales, así como para evitar o reducir el riesgo de entrada de enfermedades infectocontagiosas y parasitarias y su posterior difusión dentro de una explotación, hacia otras explotaciones ganaderas, o hacia el ser humano.
Los principales riesgos que entrañan son:

  • Reacciones alérgicas y sensibilizaciones.
  • Irritación de las vías respiratoria y ocular.
  • Intoxicaciones.
  • Alteraciones del sistema nervioso, endocrino, …

Las tareas con las que están relacionadas los riesgos anteriores son entre otras: 

  • Tareas de desinfección con biocidas ya sea mediante pulverización sobre animales, inmersión, aplicación de etiquetas impregnadas.
  • Procesos de desparasitación del ganado, así como en el control de plagas y enfermedades.
  • Administración de fármacos vía intravenosa.
  • Manejo de productos para la alimentación animal.

En relación con las medidas preventivas que se deben adoptar a la hora de manejar productos zoosanitarios y medicamentos, podemos destacar:

  • Realizar siempre los tratamientos siempre con el asesoramiento de un veterinario.
  • Priorizar en la utilización del producto menos tóxico.
  • Respetar las indicaciones del prospecto y del envase.
  • Conservar los justificantes y/o recetas (por ejemplo, los ganaderos de animales productores de bienes destinados al consumo humano como carne, leche, huevos y miel tienen que justificar la adquisición, posesión y administración de medicamentos veterinarios que contengan sustancias con propiedades anabolizantes, antiinfecciosas, antiinflamatorias o psicotrópicas).
  • Utilizar los EPIS necesarios en cada caso (protección respiratoria, gafas, ropa, guantes y botas).
  • Higiene personal.

En el documento Prevención de riesgos durante el uso de productos fitosanitarios, se puede ampliar información relevante sobre productos fitosanitarios, como puede ser:

  • Legislación aplicable (también se puede ampliar información consultando la FDN 16 Exposición a productos fitosanitarios durante su utilización y las principales novedades y cambios introducidos por el Real Decreto 285/2021, de 20 de abril, por el que se establecen las condiciones de almacenamiento, comercialización, importación o exportación, control oficial y autorización de ensayos con productos fitosanitarios).
  • Diferencia existe entre la etiqueta y la ficha de seguridad de un producto fitosanitario.
  • Clasificación de los productos fitosanitarios.
  • Principales métodos de aplicación.
  • Equipos de protección individual - EPI (También se puede ampliar información visitando el Portal de equipos de protección individual de la web del INSST).
  • Primeros auxilios.
     

Durante el uso de un producto fitosanitario pueden identificarse diferentes etapas en las que es posible que se produzca una contaminación del operario que lo manipula. Estas etapas van desde la compra del producto, su transporte y almacenamiento, la realización de la mezcla y carga del producto en el equipo de aplicación, el tratamiento del cultivo con el producto fitosanitario hasta la posterior limpieza del equipo y la eliminación de los residuos.
Adicionalmente es necesario tener en cuenta a otro grupo de trabajadores que, aunque sin intención de manipular directamente los productos fitosanitarios, pueden estar expuestos a los residuos de estos depositados en la superficie foliar del cultivo al acceder al cultivo para la realización de actividades tales como recolección, el entutorado, el deshojado, etc. 
Igualmente deberá tenerse en cuenta la posible exposición a «Circunstante» (transeúnte, persona que, por casualidad, se encuentra en una zona donde se está aplicando o se ha aplicado un producto fitosanitario, o en un lugar directamente adyacente, pero no con el fin de trabajar en la zona tratada ni con el producto tratado) y de «Residentes» (persona que vive, trabaja o visita una entidad cerca de zonas tratadas con productos fitosanitarios, pero no con el fin de trabajar en la zona tratada ni con el producto tratado). 
Por último, los consumidores pueden estar expuesto si el límite de residuos en el fruto sobrepasa lo estipulado en el proceso de autorización del producto fitosanitario.
Se puede ampliar esta información en el documento: Prevención de riesgos durante el uso de productos fitosanitarios.

Los envases de productos fitosanitarios vacíos deberán ser puestos en el mercado a través del sistema de depósito, devolución y retorno o, alternativamente, a través de un sistema integrado de gestión de residuos de envases y envases usados, de conformidad con el Real Decreto 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de productos fitosanitarios, tras enjuagarlos 3 veces manualmente o mediante dispositivo de presión, vertiendo las aguas resultantes al depósito del equipo de tratamiento. 

Para usos no agrarios, los envases destinados a usuarios no profesionales se depositarán, una vez vacíos, en los correspondientes contenedores del sistema integrado de gestión de envases para el ámbito urbano y los envases destinados a los usos profesionales, una vez vacíos, se depositarán, en los contenedores del sistema de gestión de envases industriales al que estén adheridos, en su caso, o se entregarán en los puntos previstos al efecto para los residuos de envases de plaguicidas de uso agrícola. En cualquiera de los casos el usuario profesional (agrario o no) llevará un registro de los envases entregados al sistema de gestión.
El Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, incluye disposiciones relativas a la eliminación de envases de productos fitosanitarios tanto en el ámbito agrario como en el no agrario (artículos 41 y 51, respectivamente), que complementan lo establecido en el citado Real Decreto 1416/2001.

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