El Capítulo segundo, artículo 20, del Reglamento de Funcionamiento Interno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece que la Secretaria de la CNSST elaborará una Memoria de las actividades desarrolladas durante cada ejercicio, que se someterá a la aprobación del Pleno.

La Memoria aprobada será publicada y remitida a los Departamentos Ministeriales, Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, organizaciones empresariales y organizaciones sindicales con representación en la CNSST.

El Pleno de la CNSST celebrado el 15 de octubre de 2008, con objeto de dar la máxima difusión a la misma, aprobó a su vez que dicha Memoria de Actividades sea publicada en la página web de la CNSST.