Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

En este espacio se recogen las tareas del Grupo de Trabajo "Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales", creado para el estudio y análisis de los temas específicos de su ámbito de actuación, así como el seguimiento de las actuaciones derivadas de estos estudios.


2007

En la reunión del Grupo de Trabajo del día 21 de junio de 2007, se constató que:

  • El tema de la comunicación de las enfermedades profesionales ha quedado solventado con la promulgación del Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro y, de la Orden TAS/1/2007, de 2 de enero, por la que se establece el modelo de parte de enfermedad profesional, se dictan normas para su elaboración y transmisión y se crea el correspondiente fichero de datos personales.
  • Sobre el tema de “criterios para la calificación de la gravedad del accidente” no se ha producido ninguna variación respecto las situaciones anteriores.

2006

Por otro lado, en desarrollo de las actividades del Grupo y a propuesta del mismo, el Pleno del 13 de febrero de 2006, aprobó la tramitación de las siguientes propuestas relativas a:

  • La actual calificación del accidente de trabajo como grave o muy grave en el sentido de que se refunda en una sola, calificada como “grave”, y a la vez se tenga en cuenta esa variación en las futuras modificaciones normativas.
  • Documento de notificación de accidentes en los casos de pluriempleo y/o pluriactividad.
  • El estudio de los sistemas de recogida, registro, análisis y tratamiento de la información de las enfermedades profesionales, quedó pospuesto y supeditado a los resultados de la Mesa de Diálogo Social.

2002

En la reunión del Pleno celebrada el 26 de junio de 2002 se aprobó el documento de la ponencia en el que tras analizar la situación (sistema de notificación vigente, cambios sociolaborales y demográficos, necesidades de armonización de las estadísticas europeas de accidentes de trabajo) se propuso un nuevo sistema de notificación de accidentes de trabajo que incluía, entre otras cuestiones, una propuesta de modificación del parte de accidente de trabajo y de otros documentos utilizados con el fin de garantizar tanto la suficiencia como la calidad de la información a recoger. La Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre de 2002, recoge este texto como nuevo Parte de Accidentes de Trabajo que entró en vigor el 1 de enero de 2003.

1999

La CNSST, en su reunión plenaria del día 19 de octubre de 1999, celebrada en Madrid, acordó la creación de un Grupo de Trabajo con el fin de analizar la problemática relativa a los sistemas la información sobre los accidentes producidos en nuestro país a consecuencia del trabajo.