Otros equipos de trabajo

En este apartado se mencionan los Imagen otros equipos de trabajo equipos de trabajo que no se recogen en los apartados anteriores.

Legislación sobre otros equipos de trabajo

 

Nombre de la sección

Normas técnicas

Listado con las normas técnicas disponibles para la materia de riesgos biológicos.

Nombre de la sección

Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de otros equipos de trabajo.

En este apartado podrá encontrar información sobre los aparatos y equipos que se incluyen dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2016/426 del Parlamento europeo y del consejo de 9 de marzo de 2016 sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos y por el que se deroga la Directiva 2009/142/CE que son:

  1. «Aparatos»: los aparatos que queman combustibles gaseosos y se utilizan para cocción, refrigeración, acondicionamiento de aire, calefacción, producción de agua caliente, iluminación o lavado, así como los quemadores de aire insuflado y los cuerpos calefactores que sean equipados con tales quemadores;
  2. «Equipos»: los dispositivos de seguridad, de control o de regulación y sus subconjuntos, destinados a ser incorporados en un aparato o a ser montados para constituir un aparato;

No se incluyen los aparatos destinados para ser utilizados en procesos industriales que se llevan a cabo en instalaciones industriales; para ser utilizados en aeronaves y ferrocarriles y los utilizados con fines de investigación para un uso temporal en laboratorios

Quemador a gas

En este apartado encontrará información sobre los ascensores que se pongan en servicio de forma permanente en edificios y construcciones y están destinados al transporte:

  • De personas.
  • De personas y objetos.
  • Solo de objetos si el habitáculo es accesible, es decir, si una persona puede entrar en él sin dificultad, y si está provisto de mandos o elementos de accionamiento situados dentro del habitáculo o al alcance de una persona situada dentro del mismo.

A efectos de este apartado, se entenderá por «Ascensor» como aparato de elevación que sirva niveles específicos, con un habitáculo que se desplace siguiendo guías rígidas e inclinadas a un ángulo superior a quince grados sobre la horizontal o dispositivo de elevación que se desplace siguiendo un recorrido fijo, aunque no utilice para ello guías rígidas.

Ascensores en un edificio

En este apartado no se trataran los siguientes equipos:

  1. Los aparatos de elevación cuya velocidad no sea superior a 0,15 m/s.
  2. Los ascensores de obras de construcción.
  3. Las instalaciones de transporte de personas por cable, incluidos los funiculares.
  4. Los ascensores especialmente diseñados y fabricados para fines militares o policiales.
  5. Los aparatos de elevación desde los cuales se pueden efectuar trabajos.
  6. Los ascensores para pozos de minas.
  7. Los aparatos de elevación destinados a mover actores durante representaciones artísticas.
  8. Los aparatos de elevación instalados en medios de transporte.
  9. Los aparatos de elevación vinculados a una máquina y destinados exclusivamente al acceso a puestos de trabajo, incluidos los puntos de mantenimiento e inspección de la máquina.
  10. Los trenes de cremallera.
  11. Las escaleras y andenes móviles.

Son aquellos equipos cuyo riesgo principal es el riesgo eléctrico y que estén excluidos de campo de aplicación de la Directiva Máquinas, como pueden ser:

  • Electrodomésticos destinados a uso doméstico,
  • Equipos audiovisuales,
  • Equipos de tecnología de la información,
  • Maquinas corrientes de oficina,
  • Motores eléctricos en baja tensión,
  • Aparatos de conexión y mando en alta y baja tensión
  • Transformadores en alta tensión.

Tipos de enchufes

En este apartado encontrará información sobre instalaciones que dan servicio a un equipo y que forman parte de este. Como por ejemplo, una cabina de pintura, la instalación de extracción localizada de un equipo determinado, la instalación de aire a presión que forma parte de una equipo etc.

Cabe diferenciar entre éstas y las instalaciones generales, bien sean de servicio o de protección, que no son objeto de este apartado.

Se entienden por medios de transporte aquellos equipos de trabajo cuya función básica es el transporte de personas y/o mercancías (vehículos de motor y sus remolques, vehículos de motor de dos o tres ruedas, medios de transporte por aire, por agua o redes ferroviarias).

Diferentes medios de transporte

RECURSOS

icono-link Normativa nacional sobre medios de transporte

Se define producto sanitario a efectos de este apartado como: cualquier instrumento, dispositivo, equipo, programa informático, material u otro artículo, utilizado solo o en combinación, incluidos los programas informáticos destinados por su fabricante a finalidades específicas de diagnóstico y/o terapia y que intervengan en su buen funcionamiento, destinado por el fabricante a ser utilizado en seres humanos con fines de:

  1. Diagnóstico, prevención, control, tratamiento o alivio de una enfermedad.
  2. Diagnóstico, control, tratamiento, alivio o compensación de una lesión o de una deficiencia.
  3. Investigación, sustitución o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico.
  4. Regulación de la concepción.

Y que no ejerza la acción principal que se desee obtener en el interior o en la superficie del cuerpo humano por medios farmacológicos, inmunológicos ni metabólicos, pero a cuya función puedan contribuir tales medios.

Equipo de Resonancia Magnética

En este apartado se incluyen todos aquellos equipos de trabajo que no tienen legislación específica de comercialización aplicable y por lo tanto únicamente deberán cumplir requisitos generales establecidos en el RD 1801/2003 de producto seguro, la siguiente relación es indicativa, no exhaustiva:

  • Herramientas manuales
  • Andamios, torres de acceso
  • Escaleras, barandillas (portátiles)
  • Medios auxiliares de manutención (carretillas, carros, etc..)
  • Medios auxiliares de almacenamiento (estanterías, contenedores, recipientes, envases, etc..)
  • Medios auxiliares de embalaje y expedición de carga
  • Equipamiento para oficina (mobiliario, paneles separadores, material de oficina, etc..)
  • Equipamiento de taller (banco de trabajo, carro de montaje, caballete, banco de soldadura, etc..)
  • Equipos de limpieza (carro de limpieza, fregona, escoba, etc.)

Diferentes equipos de trabajo