Equipos de protección individual (EPI)

Las condiciones en las que se desarrollan la Imagen Equipos de Protección Individual actividades marítimo- pesqueras (humedad, movimiento, vibración, ruido, etc.) ocasionan riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores. Cuando no sea posible evitar o limitar suficientemente estos riesgos con medios colectivos o técnicos de protección, se deberá proporcionar a los trabajadores equipos de protección individual (EPI)

Los EPI deberán ser adecuados frente a los riesgos asociados a las distintas actividades, que incluyen el riesgo de caía al mar, ahogamiento y riesgos térmicos, fundamentalmente.

 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de equipos de protección individual.

Un equipo de protección individual (EPI) es cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

"Para más información, consulte la materia Equipos de Protección Individual de la web, donde se encontrará qué condiciones deben cumplir estos equipos, cómo se seleccionan y otros aspectos de interés"

A) Protección frente al ahogamiento – chalecos salvavidas, ayudas a la flotación y trajes de inmersión.

Existen dos grandes grupos de protecciones para evitar los riesgos derivados de la caída al agua, como consecuencia de actividades en o cerca de la misma:

  • Los equipos de flotación individual o “EFI” (incluye los chalecos salvavidas y las ayudas a la flotación), y
  • Los trajes de inmersión y ayudas térmicas. 1.

Imagen con la preparacion de redes de pesca

1.- Chalecos salvavidas:

Cuando el ahogamiento no se ve agravado por riesgos térmicos. Los chalecos salvavidas son equipos que proporcionan suficiente flotabilidad para girar a una persona inconsciente y mantener sus vías respiratorias fuera del agua. Existen cuatro tipos de chalecos salvavidas:

  • Chaleco salvavidas de 100N: para aguas calmadas y ropa ligera.

  • Chaleco salvavidas de 150N: para alta mar (aguas agitadas) y ropa de mal tiempo.

  • Chaleco salvavidas de 275N: para alta mar (condiciones extremas) y ropa de protección.

  • Chaleco salvavidas para fines especiales: cuando se requieren otros niveles de sustentación o modificaciones adecuadas a aplicaciones concretas.

2. -Ayudas a la flotación:

Cuando el ahogamiento no se ve agravado por riesgos térmicos.

Las ayudas a la flotación son equipos destinados a proporcionar, en aguas calmadas y cerca de la orilla (o de algún medio de auxilio), una flotabilidad extra, que permita a un usuario consciente mantenerse a flote.

Estos equipos de protección no deben usarse cuando el usuario pueda encontrarse en un estado inconsciente, debido a que carecen de la capacidad de auto-enderezamiento, debiendo recurrirse en estos casos a la selección de un chaleco salvavidas.

Existen dos tipos de ayudas a la flotación:

  • Ayuda a la flotación de 50 N: sólo para bañistas, en aguas calmadas y cercanas a la costa o a una ayuda próxima.

  • Ayuda a la flotación para fines especiales: cuando se requieren otros niveles de sustentación o modificaciones adecuadas para una aplicación concreta.

3.- Trajes de inmersión y ayudas térmicas:

Cuando las condiciones térmicas del agua agraven el riesgo de ahogamiento con los riesgos de hipotermia o de choque térmico.

Los trajes de inmersión proporcionan una extensión del tiempo de supervivencia en el agua reduciendo el riesgo de choque por frío y retrasando el comienzo de la hipotermia. Los trajes de inmersión son de dos tipos principalmente, uso permanente o de abandono. Los trajes pueden estar aislados o el aislamiento se consigue mediante un forro hinchable. Los trajes no aislados pueden suministrarse con una prenda interior desmontable o pueden requerir que se lleve una ropa específica que proporcione suficiente aislamiento para conseguir los tiempos de supervivencia esperados.

Los buques deben llevar a bordo un número reglamentario de chalecos salvavidas de inflado automático, trajes de inmersión y, en algunos casos, de ayudas térmicas, que dependerá fundamentalmente de su eslora y zona de navegación, según establece la normativa marítima (RD 543/2007 y RD 1032/1999 de aplicación del Protocolo de Torremolinos).

B) Otros EPI de uso en buques pesqueros:

En función de las actividades que se realicen a bordo podrán ser necesarios otros EPI, según indique la evaluación de riesgos, como los que se indican en la tabla siguiente:

EPI RIESGOS
Calzado adecuado con suela antideslizante

Caídas, golpes, aplastamientos, etc.

Guantes

Cortes, pinchazos con anzuelos o en el desenmalle del pescado, atrapamientos, quemaduras, etc.

Casco

Golpes, quemaduras, etc.

Protectores auditivos

Nivel de ruido en espacios de máquinas

Protectores oculares

Golpes, salpicaduras de sustancias diversas, etc.

Ropa de protección

Frío, lluvia, salpicaduras de agua de mar, etc.

El RD 1216/1997 (anexo IV) exige que los EPI utilizados como prendas de vestir o por encima de dichas prendas deben ser de colores vivos, contrastar con el medio marino y ser bien visibles. Para saber más, recomendamos consultar la Guía Técnica sobre EPI y la Guía Técnica sobre Buques de Pesc

GUÍAS TÉCNICAS

pdf Guía técnica para la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual (PDF , 3,8 MB)
pdf Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los buques de pesca (PDF , 1,5 MB)

DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

icono-link Área temática de equipos de protección individual

icono-link Selección de equipos de flotación individual en buques de pesca de bajura - Año 2011

pdf Equipos de flotación individual (PDF , 716,0 KB)